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Pirotecnia sonora: secuestraron 11 bultos en Jujuy

Esta mañana la Policía de la Provincia secuestró 11 bultos de pirotecnia sonora en el barrio Alto Comedero de San Salvador de Jujuy.

Según indicaron, tras una denuncia los efectivos llegaron al lugar y dieron aviso al Departamento Contravencional, quien dispuso la realización de un acta de infracción contra el dueño del local y el decomiso de la mercadería.

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Pirotecnia cero en Jujuy

Desde el año 2020 está prohibida la venta, tenencia y uso de pirotecnia sonora en todo el territorio de la provincia de Jujuy por una Ley aprobada por la Legislatura.

Según indica la Ley 6.187, aprobada el 3 de diciembre del año 2020, está prohibida la fabricación, comercialización, venta al público, exhibición, depósito, circulación y transporte, tenencia, uso, manipulación de todo elemento de pirotecnia sonora, sea de venta libre o no.

Se entiende por pirotecnia sonora a la técnica de fabricación y utilización de materiales explosivos, considerándose como elementos pirotécnicos los fuegos artificiales, cohetes, petardos, rompe portones, bombas de estruendo, cañas voladoras, luces de bengala y cualquier otro elemento similar en lo que se utilice un compuesto que contenga unidades oxidantes y combustibles o cualquier sustancia que pueda ser inflamable y al ser encendida provoque una repentina explosión de gases capaces de producir ruido.

Están exceptuados de esta ley los fuegos artificiales de carácter únicamente lumínicos y todos los artificios pirotécnicos destinados a señales de auxilio, emergencia, uso de cualquier fuerza y los de uso profesional.

Multas por el uso de pirotecnia sonora

El uso de pirotecnia sonora lleva multas de 10 a 200 unidades que se regulan con el valor de la nafta al momento de la infracción.

En caso que esta persona sea reincidente en su accionar, las multas se duplican en cada caso.

Además, se procede al decomiso de los artículos de pirotecnia y cohetería que están en el poder de infracción.

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