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28 de enero de 2021 - 17:47
la fecha es en marzo

Ley de Góndolas: los supermercados no creen llegar con los plazos

La Secretaría de Comercio Interior publicó las primeras especificaciones para la aplicación de la ley. La fecha de aplicación sería en marzo.

A casi un año de su aprobación en febrero del 2020 y de su reglamentación en diciembre, el Ministerio de Desarrollo Productivo publicó las primeras especificaciones para la implementación de la Ley de Góndolas en los supermercados para la exhibición de sus productos.

Si bien el plazo para que los supermercados cumplan con esa ley es de 90 días, éste plazo ya comenzó a correr el pasado 15 de diciembre y la falta de especificaciones hace que la carrera contra el reloj sea cada vez más difícil. Es que todavía falta saber cómo se conformarán las categorías de los productos para ser exhibidos y los días van corriendo. Desde los supermercados creen que, de seguir todo así, no podrán cumplir con los plazos estipulados para adecuar sus góndolas a la ley.

La Secretaría de Comercio determinó en esta primera resolución que la superficie mínima que deben tener los comercios para ser alcanzados por la ley es de 800 metros cuadrados, medidos desde la línea de cajas y sin contar depósitos y espacios para su personal. Esto apunta a que los locales alcanzados por la normativa sean medianos e hipermercados.

La resolución también establece que serán incluidos en la ley todos los productos alimenticios –excepto carnes, pescados y mariscos–, bebidas, productos de higiene y cuidado personal y de limpieza del hogar. Pero lo que no se detalló es cómo se agruparán las distintas categorías de productos. En los próximos días esos listados serán publicados en la página web de la Secretaría de Comercio Interior y se actualizarán periódicamente.

Según la ley, los comercios alcanzados deberán ofrecer al menos cinco productos de distintos grupos económicos por categoría y, según cómo se agrupe cada categoría, será más o menos complicado cumplir con los parámetros previstos.

Los empresarios del sector aseguran que no se puede implementar nada hasta que no esté totalmente detallado cómo se integrará cada categoría. Por ejemplo, si se agrupa "pañales" como un solo rubro, será difícil de cumplir porque solo hay dos grandes proveedores. Lo mismo sucede con categorías como "insecticidas" o "pan lactal", donde no llega a haber cinco empresas proveedoras diferentes. Otro ejemplo que grafica la situación es que si hay una categoría de yogures, no es lo mismo si se incluyen dentro sachets, postrecitos o flanes, o si solo hay yogures.

La normativa establece que la exhibición de los productos de un mismo grupo económico no debe superar el 30% de la superficie en su categoría. Y se debe destinar al menos un 25% del espacio en las góndolas para productos de pequeñas y medianas empresas. Finalmente, como mínimo un 5% del espacio debe ser para productos de empresas de agricultura familiar, campesina, indígena y de la economía popular.

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