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5 de septiembre de 2026 - 17:10
Jujuy.

Ley Penal Juvenil: dónde alojarán a los "jóvenes" detenidos

Entra en vigencia la nueva Ley Penal Juvenil y la defensora María Julia Garay advirtió que Jujuy no cuenta con lugares adecuados para alojar a adolescentes.

Maria Eugenia Burgos
Por  Maria Eugenia Burgos

La nueva Ley Penal Juvenil comenzará a regir desde este sábado 5 de septiembre y marcará un cambio profundo en el sistema penal argentino: los adolescentes podrán ser imputados desde los 14 años y hasta cumplir los 18. En Jujuy, la defensora de menores en conflicto con la ley penal, María Julia Garay, advirtió que la provincia no cuenta hoy con una estructura adecuada para implementar el nuevo régimen.

La Ley 27.801 reemplaza al viejo régimen de minoridad y establece un sistema específico para personas adolescentes acusadas de cometer delitos. El texto oficial indica que el régimen se aplica a adolescentes desde los 14 años hasta las cero horas del día en que cumplan 18, tomando como referencia la edad al momento del hecho.

“No hemos tenido noticias de una reestructuración”

Consultada en Canal 4 sobre la preparación de Jujuy para la entrada en vigencia del nuevo régimen, la Dra. Garay fue contundente. Según explicó, no hubo información oficial sobre cambios edilicios, institucionales o judiciales para aplicar la ley.

“Lamentablemente tengo que contar que en la provincia, por lo menos nosotros, no hemos tenido noticias de que haya habido alguna reestructuración con la finalidad de implementar esta nueva ley” “Lamentablemente tengo que contar que en la provincia, por lo menos nosotros, no hemos tenido noticias de que haya habido alguna reestructuración con la finalidad de implementar esta nueva ley”

La defensora señaló que, hasta el momento, el sistema continúa funcionando como antes, aunque se espera que aumente la cantidad de niños y adolescentes alcanzados por causas penales. “Suponemos que obviamente va a aumentar la cantidad de niños implicados en transgresiones penales, pero no hemos tenido noticias de reestructuración de parte del Estado ni del Poder Judicial”, remarcó.

El problema central: dónde alojar a los adolescentes

Uno de los puntos más sensibles es qué ocurrirá cuando un adolescente de 14 o 15 años deba quedar privado de la libertad. La ley exige que los jóvenes no estén alojados con adultos y que sean derivados a espacios especialmente adecuados, con personal capacitado.

Garay advirtió que Jujuy no tiene hoy lugares suficientes para esa situación. Actualmente, los chicos detenidos son enviados al CAD, el Centro de Admisión y Distribución, un espacio que —según explicó— debería ser solo de permanencia breve.

“Es un lugar donde los niños tendrían que estar 24 horas y ya. Como no hay un lugar para la internación socioeducativa, permanecen allí”, señaló.

También mencionó que en San Pedro existe un espacio con capacidad para apenas cuatro plazas, pero consideró que eso está lejos de cubrir las necesidades del nuevo régimen.

“Realmente no estamos con las condiciones edilicias para la internación de los niños” “Realmente no estamos con las condiciones edilicias para la internación de los niños”

Privación de libertad: “Nosotros entendemos que es prisión”

La defensora también marcó una diferencia importante en el lenguaje. Aunque en el sistema juvenil suele hablarse de “internación” o “medidas socioeducativas”, la Dra. Garay fue directa al definir qué implica el encierro de un adolescente.

“No es ninguna internación, es privación de libertad. Nosotros entendemos que es prisión, porque la privación de la libertad es prisión” “No es ninguna internación, es privación de libertad. Nosotros entendemos que es prisión, porque la privación de la libertad es prisión”

La Ley 27.801 contempla penas privativas de libertad en domicilio, en instituto abierto o en instituto especializado de detención. También establece que la decisión debe estar fundada por un juez y que el lugar de cumplimiento debe ajustarse a los parámetros del régimen penal juvenil.

Además, la norma prohíbe la prisión perpetua y fija un máximo de 15 años para las penas privativas de libertad aplicadas a adolescentes.

Ley Penal Juvenil: La Ley 27.801 rige desde este sábado y establece un nuevo régimen penal para adolescentes desde los 14 años.

Ley Penal Juvenil: La Ley 27.801 rige desde este sábado y establece un nuevo régimen penal para adolescentes desde los 14 años.

Qué cambia con la nueva Ley Penal Juvenil

El nuevo régimen incorpora una serie de medidas y sanciones que podrán aplicarse según el caso. Entre ellas aparecen la amonestación, la prohibición de contacto con la víctima, la prohibición de concurrir a determinados lugares, la prestación de servicios a la comunidad, el monitoreo electrónico, la reparación integral del daño y la privación de libertad.

La ley también establece medidas complementarias, como orientación de equipos interdisciplinarios, asistencia a programas educativos, capacitación laboral, participación en actividades deportivas o culturales, atención de salud y tratamiento psicológico cuando corresponda.

En términos legales, el cambio fuerte es que adolescentes desde los 14 años podrán quedar alcanzados por procesos penales por hechos tipificados como delitos. La ley indica que la finalidad del régimen debe ser fomentar la responsabilidad legal, la educación, la resocialización y la integración social.

Amenazas, lesiones leves, daños y conflictos escolares

Garay planteó otro punto clave: con el nuevo régimen, hechos que antes no tenían el mismo tratamiento penal para adolescentes ahora podrán ingresar al sistema.

“Con la anterior ley había delitos que no estaban sancionados penalmente, como por ejemplo las amenazas, las lesiones leves, los daños”, explicó.

Según la defensora, esto puede alcanzar situaciones cotidianas entre adolescentes que deriven en denuncias penales. Dio ejemplos concretos: una pelea fuera del colegio que provoque una lesión, la rotura de un portón o situaciones vinculadas a amenazas.

“Una pelea fuera del colegio que ocasionó una lesión es imputable. Una rotura de un portón es imputable” “Una pelea fuera del colegio que ocasionó una lesión es imputable. Una rotura de un portón es imputable”

El planteo abre una discusión delicada: cómo evitar que conflictos propios de la convivencia escolar, barrial o adolescente terminen directamente en una respuesta penal, especialmente cuando se trata de chicos de 14 a 16 años.

Bullying y delitos informáticos

Durante la entrevista también se abordó una pregunta concreta: qué puede pasar con los casos de bullying. Garay indicó que algunas situaciones, especialmente cuando incluyan componentes digitales, podrían quedar comprendidas dentro de figuras penales.

“Esos delitos informáticos entran también” “Esos delitos informáticos entran también”

Esto implica que determinados hechos vinculados al hostigamiento, amenazas, difusión de contenidos o agresiones a través de medios digitales podrían ser analizados dentro del nuevo régimen penal juvenil, dependiendo de la conducta denunciada y de su encuadre legal.

La defensora pidió mirar este punto con cuidado. Para Garay, penalizar tempranamente a chicos que están en plena etapa de formación puede tener efectos graves si no existen dispositivos previos de prevención, escucha, acompañamiento y reparación.

Justicia restaurativa: qué significa y cómo se aplicaría

Garay aclaró que la justicia restaurativa no es una novedad absoluta ni un “beneficio” para los adolescentes. Según explicó, en Jujuy ya estaba prevista en la ley procesal provincial. “Esto no es ningún beneficio. Todos estos mecanismos ya estaban anteriormente, sobre todo la justicia restaurativa estaba prevista en lo que es la ley procesal de la provincia de Jujuy”, afirmó.

La defensora explicó que la justicia restaurativa cambia el lugar de la víctima dentro del proceso. No la reduce a una persona que declara como testigo, sino que la coloca como protagonista de una instancia que busca escuchar, reparar y reconstruir el vínculo social dañado.

“La justicia restaurativa tiene la importancia de que no se toma a la víctima como un testigo, sino que es protagonista” “La justicia restaurativa tiene la importancia de que no se toma a la víctima como un testigo, sino que es protagonista”

En casos menos graves, esto podría derivar en acuerdos de reparación. Por ejemplo, si un adolescente rompe un portón, una salida restaurativa podría incluir la reparación material del daño o un pedido de disculpas. Pero para que funcione, debe haber equipos, seguimiento, profesionales capacitados y voluntad real de las partes.

La advertencia: estigmatizar a los chicos

Uno de los tramos más fuertes de la entrevista fue la mirada crítica de Garay sobre la baja de la edad de imputabilidad. La defensora consideró que la medida puede etiquetar a los niños y adolescentes en un rol delictivo que no necesariamente define sus vidas.

“Nos parece una situación muy delicada porque entendemos que esta baja de imputabilidad legal lo que hace es estigmatizar a los niños” “Nos parece una situación muy delicada porque entendemos que esta baja de imputabilidad legal lo que hace es estigmatizar a los niños”

También remarcó que, según su experiencia, en Jujuy no se observa una criminalidad juvenil grave en términos generales. “Los niños y adolescentes de nuestra provincia no entran en situaciones delictivas de gravedad”, sostuvo.

Para la doctora Maria Julia Garay, el riesgo es que chicos de 14 a 16 años queden marcados por el sistema penal en una etapa clave de construcción de identidad.

“Son niños, ni siquiera llegan a ser adolescentes realmente” “Son niños, ni siquiera llegan a ser adolescentes realmente”

La escuela como límite que no debería romperse

Otro punto central de la ley es que las medidas no deberían interrumpir la escolaridad. El texto oficial establece que las sanciones disciplinarias aplicadas al adolescente no pueden implicar una interrupción de los estudios obligatorios.

Ese aspecto es clave para Jujuy. Garay planteó que cualquier implementación debe evitar que el proceso penal expulse a los chicos de la escuela o profundice trayectorias de exclusión.

El desafío será concreto: si aumentan las causas contra adolescentes, el sistema deberá responder sin romper vínculos educativos, familiares y comunitarios. De lo contrario, una ley presentada como régimen de responsabilidad puede terminar funcionando como una puerta de entrada temprana al sistema penal.

  • La Ley 27.801 rige desde este sábado 5 de septiembre.
  • El nuevo régimen alcanza a adolescentes desde los 14 años y hasta cumplir los 18.
  • Delitos como amenazas, lesiones leves, daños y algunas situaciones vinculadas al bullying podrían ingresar al sistema penal.
  • La justicia restaurativa busca reparar el daño y dar protagonismo a la víctima, pero requiere equipos y seguimiento.

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