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3 de septiembre de 2026 - 10:06
Justicia.

Nueva Ley Penal Juvenil: desde cuándo rige en Argentina

La Ley 27.801 comenzará a regir el 5 de septiembre. Baja a 14 años la edad de punibilidad y reemplaza el régimen vigente desde 1980.

Maria Eugenia Burgos
Por  Maria Eugenia Burgos

La norma fue sancionada por el Congreso de la Nación el 27 de febrero y publicada en el Boletín Oficial el 9 de marzo. En su artículo 52 estableció que comenzaría a regir 180 días después de su publicación, plazo que se cumple este sábado 5 de septiembre.

La nueva legislación reemplaza a la Ley 22.278, que regulaba el régimen penal de menores y que, tras una modificación realizada en 1983, establecía que los menores de 16 años no eran punibles.

Responsabilidad penal desde los 14 años

Con la Ley 27.801, el nuevo régimen se aplicará a adolescentes desde los 14 años y hasta las cero horas del día en que cumplan 18 años, siempre teniendo en cuenta la edad que tenían al momento de cometer el hecho.

Esto significa que una persona de 14 o 15 años que sea acusada de un delito podrá quedar sometida a un proceso penal juvenil, algo que no ocurría bajo el esquema anterior. La ley establece como finalidad que el adolescente comprenda la responsabilidad legal por sus actos y que las medidas adoptadas estén orientadas a su educación, resocialización e integración social.

Qué penas establece la nueva ley

El régimen contempla distintas respuestas según las características y gravedad del delito.

Entre las sanciones previstas aparecen:

  • amonestaciones;
  • prohibición de acercamiento o contacto con la víctima;
  • prohibición de concurrir a determinados lugares;
  • restricciones para salir del país o de un territorio determinado;
  • prestación de servicios a la comunidad;
  • monitoreo electrónico;
  • reparación integral del daño;
  • y penas privativas de la libertad.

Además, se podrán disponer medidas complementarias como asistencia a programas educativos, capacitación laboral, actividades deportivas o culturales, tratamientos médicos o psicológicos y seguimiento por equipos especializados.

Para determinados delitos con penas de hasta tres años de prisión, la ley establece que la prisión deberá ser reemplazada por alguna de las sanciones alternativas previstas en el régimen.

El nuevo marco normativo contempla un conjunto de medidas socioeducativas orientadas a promover la responsabilidad del adolescente por sus actos y a favorecer su integración social. Asimismo, establece que la privación de la libertad deberá aplicarse como último recurso y por el plazo más breve posible, en consonancia con los estándares internacionales en materia de derechos de niños, niñas y adolescentes.

El nuevo marco normativo contempla un conjunto de medidas socioeducativas orientadas a promover la responsabilidad del adolescente por sus actos y a favorecer su integración social. Asimismo, establece que la privación de la libertad deberá aplicarse como último recurso y por el plazo más breve posible, en consonancia con los estándares internacionales en materia de derechos de niños, niñas y adolescentes.

Hasta 15 años de privación de la libertad

Otro punto central es que los adolescentes alcanzados por la ley no podrán recibir prisión o reclusión perpetua. La pena máxima de privación de la libertad será de 15 años, incluso cuando la escala penal correspondiente a los delitos cometidos pudiera superar ese límite.

La privación de libertad podrá cumplirse en el domicilio, en un instituto abierto o en un instituto especializado de detención. Los adolescentes no podrán ser alojados junto con personas adultas privadas de su libertad.

Más participación de las víctimas

La Ley 27.801 también fortalece los derechos de las víctimas dentro del proceso penal juvenil. Podrán recibir asistencia especializada, participar del proceso y, en determinadas circunstancias, intervenir en mecanismos como la mediación penal juvenil.

Además, la norma establece que los padres de los adolescentes sometidos a un proceso penal serán civilmente responsables por los daños derivados de los ilícitos cometidos por sus hijos, de acuerdo con lo establecido en el Código Civil y Comercial.

Qué deberán hacer las provincias

La implementación también tendrá impacto en las jurisdicciones provinciales. La ley invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adecuar sus legislaciones procesales y normas administrativas a los principios y garantías establecidos por el nuevo régimen.

La puesta en marcha genera expectativas y también interrogantes dentro de la Justicia de menores por la necesidad de contar con estructuras, profesionales e institutos preparados para recibir casos de adolescentes de 14 y 15 años, que hasta ahora estaban fuera del régimen de punibilidad.

La implementación de la Ley 27.801 implicará, en adelante, la adecuación de prácticas judiciales e institucionales al nuevo esquema normativo.

Datos centrales de la Ley 27.801 - "Nueva Ley Penal Juvenil"

Aspecto Régimen anterior – Ley 22.278 Nuevo régimen – Ley 27.801
Edad mínima de responsabilidad penal 16 años. Los menores de esa edad eran inimputables. 14 años. Se establece responsabilidad penal juvenil desde esa edad.
Modelo del sistema Sistema tutelar con fuerte discrecionalidad judicial. Sistema de responsabilidad penal juvenil con enfoque de derechos.
Finalidad de la intervención estatal Predominio de medidas tutelares y de protección. Prioridad de medidas socioeducativas y de reintegración social.
Privación de libertad Posible en institutos de menores, con criterios amplios de aplicación. Se establece como último recurso y por el plazo más breve posible.
Tipo de medidas aplicables Internación, disposición tutelar, supervisión judicial. Medidas socioeducativas graduales (programas educativos, supervisión, tratamiento, entre otras).
Participación de equipos técnicos No siempre institucionalizada. Intervención de equipos interdisciplinarios (psicólogos, trabajadores sociales, etc.).
Enfoque de derechos del niño Limitado, propio de una normativa previa a la Convención sobre los Derechos del Niño. Adecuación a estándares internacionales de protección de niños, niñas y adolescentes.
Estructura procesal Normativa breve y con amplios márgenes interpretativos. Regulación más detallada del proceso penal juvenil y de las medidas aplicables.

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