En el 2022 se cumplen 40 años de la Guerra de Malvinas, una fecha donde se recuerda con orgullo a nuestros héroes que lucharon por la soberanía nacional de las islas. Por este motivo, en Jujuy están trabajando en las actividades que se desarrollarán durante la semana previa al 2 de Abril.
En las últimas semanas las autoridades del Gobierno provincial se reunieron con los Centros de Veteranos de todo el territorio con el fin de ajustar detalles de las actividades. El objetivo es unificar una agenda oficial de todos los actos de la gesta histórica, brindándole un homenaje a los veteranos con charlas sociales, culturales e históricas.
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Veteranos de Malvinas de Jujuy durante un desfile
Agenda Malvinas 40 años
Cabe recordar que este año el Gobierno nacional lanzó la “Agenda Malvinas 40 años”, una plataforma virtual que permitirá conocer el programa de actividades oficiales que se desplegará en la Argentina y en distintos países del mundo y que contará con información documental y audiovisual sobre la Cuestión Malvinas. Además, la herramienta permitirá a los interesados sumar propuestas de acciones a integrar en la agenda.
La “Agenda Malvinas 40 Años” ha sido concebida como un programa que abarcará todo el año, y que dentro del territorio nacional tendrá carácter federal y multidimensional. La agenda se irá nutriendo a lo largo del año de diferentes propuestas por áreas del gobierno nacional, provincial, municipal, el Consejo Nacional Malvinas, las organizaciones y centros de excombatientes y de familiares de caídos, universidades y organizaciones sociales, por lo que contará con acciones culturales, académicas, educativas y sociales.
Ampliaron beneficios para Héroes de Malvinas jujeños
En 2021 los diputados jujeños modificaron la Ley de los Ex Combatientes de Malvinas con lo cual se les otorgan más beneficios.
En la modificación, el Artículo 2 de la Ley N° 5625 “Pensión Héroes de Malvinas Jujeños” establece que “cuando se trate de ex soldados combatientes fallecidos en el conflicto bélico, o como consecuencia de su intervención en el mismo en el caso de titulares que fallecieran, tendrán derecho a percibir el beneficio integrantes de la familia”.
De acuerdo a la modificación, en primer término estará la cónyuge o conviviente en aparente matrimonio, que al momento del fallecimiento acredite como mínimo cinco años de convivencia; hijos menores hasta los 18 años de edad, y sin límite de edad en caso de presentar alguna incapacidad permanente; padre o madre del beneficiario. Además, al recibir la pensión “dará derecho a afiliarse al Instituto de Seguros de Jujuy sin límite de edad”.
Por otro lado, se determinó que “el importe mensual de la pensión será equivalente al 100% del monto neto, excluidos los adicionales particulares y generales, que por todo concepto percibe el agente Categoría 20 del Escalafón General de la Administración Pública Provincial”.
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