Las nuevas escalas de cada categoría del Régimen Simplificado del Monotributo entraron en vigencia el pasado lunes 1 de enero. A partir de ello, la Administración Federal de Ingresos Públicos ( AFIP) habilitó el trámite para hacer la recategorización para este régimen, e informó hasta qué fecha estará disponible.
La categoría de cada contribuyente se establece a partir de los ingresos brutos de los últimos 12 meses y la recategorización es un trámite de carácter obligatorio que debe realizar cada monotributista.
Respecto de otras cargas impositivas, el organismo habilitó el trámite para solicitar la devolución de las percepciones del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales por la compra de dólares y gastos realizados en moneda extranjera.
Montos monotributo 2024
- Categoría A: ingresos brutos de hasta $2.108.288,01 mensuales. Pagarán $ 12.128,39 por mes.
- Categoría B: ingresos brutos de hasta $3.133.941,63 mensuales. Pagarán $13.561,75 por mes.
- Categoría C: ingresos brutos de hasta $4.387.518,23 mensuales. Pagarán $15.241,42 por mes.
- Categoría D: ingresos brutos de hasta $5.449.094,55 mensuales. Pagarán $19.066,46 por mes.
- Categoría E: ingresos brutos de hasta $6.416.528,72 mensuales. Pagarán $24.526,43 por mes.
- Categoría F: ingresos brutos de hasta $8.020.661,11 mensuales. Pagarán $29.223,11 por mes.
- Categoría G: ingresos brutos de hasta $9.624.793,31 mensuales. Pagarán $33.439,61 por mes.
- Categoría H: ingresos brutos de hasta $11.916.410,77 mensuales. Pagarán $56.402,68 por mes.
- Categoría I: ingresos brutos de hasta $13.337.213,57 mensuales. Pagarán $81.121,96 por mes.
- Categoría J: ingresos brutos de hasta $15.285.088,45 mensuales. Pagarán $93.619,47 por mes.
- Categoría K: ingresos brutos de hasta $16.957.969,16 mensuales. Pagarán $106,964,65 por mes.
A pesar de esta modificación, los monotributistas abonarán la misma cuota e importe por el impuesto integrado, y aportes de obra social y jubilación.
Fecha límite para realizar la recategorización del monotributo 2024
La recategorización consiste en una evaluación de la actividad de los últimos 12 meses de cada contribuyente. El objetivo es determinar si deben mantener o modificar la categoría en la que se encuentran.
Si dichos parámetros superan o son inferiores a los de la categoría vigente, corresponde realizar el trámite, que se realiza dos veces al año, en enero y julio.
La AFIP aclaró, sin embargo, que si transcurrió un periodo menor a 6 meses de la inscripción en el monotributo, no corresponde hacer la recategorización.
Asimismo, el período habilitado para realizar el trámite comenzó el lunes 1 de enero y se extenderá hasta el 22 del mismo mes, inclusive.
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