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3 de diciembre de 2024 - 10:40
Trabajo.

¿Cuántas horas debe trabajar una empleada doméstica para estar en blanco?

Conoce si es necesario cumplir con un número mínimo de horas de trabajo para que una empleada doméstica reciba un salario registrado en 2024.

Redacción de TodoJujuy.com
Por  Redacción de TodoJujuy.com

Según la normativa 26.844, es obligatorio registrar a una empleada doméstica. Además, esta tendrá acceso a beneficios como vacaciones remuneradas, cobertura médica, seguro de accidentes de trabajo (ART), licencias por enfermedad y maternidad, descuentos en la tarjeta SUBE, entre otros. Sin embargo, ¿Cuántas horas deberá trabajar en 2024 para cumplir con los requisitos de formalidad laboral?

La ley en cuestión determina que la jornada laboral no debe superar las ocho horas diarias ni las cuarenta y ocho horas semanales. Es posible organizar las horas de trabajo de manera desigual a lo largo de la semana, siempre que no se supere una jornada diaria de nueve horas.

Se establece que la jornada de trabajo no podrá exceder de ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales.

A partir de 2024, todas las personas que empleen a una trabajadora doméstica deberán inscribirla en la ARCA y garantizar que reciba un salario formal, independientemente de la cantidad de horas trabajadas o de la modalidad de contratación acordada.

Además de cumplir con las obligaciones fiscales, al registrar a la empleada doméstica, se le garantiza acceso a un sistema de salud, un seguro laboral y un fondo de jubilación.

De acuerdo con los expertos en derecho laboral, uno de los peligros que corre el empleador al no registrar a su trabajadora doméstica es tener que responder con su propio patrimonio en caso de que ocurra un accidente, como caídas o lesiones al subir o bajar de un colectivo, entre otros.

Podrá establecerse una distribución semanal desigual de las horas de trabajo, en tanto no importe una jornada ordinaria superior a las nueve horas.

El artículo 14 de la ley 26.844 establece que el empleador tiene la obligación de contratar un seguro para la empleada doméstica que cubra los riesgos laborales. Además, exige que el empleador registre formalmente la relación laboral.

La misma ley también detalla otros derechos para la empleada doméstica, como un período de descanso semanal de 35 horas continuas comenzando el sábado a las 13 horas, la provisión de ropa y herramientas de trabajo por parte del empleador, y la obligación de ofrecer una alimentación adecuada, suficiente y nutritiva para el bienestar del personal.

La alimentación deberá incluir: desayuno, almuerzo, merienda y cena, y en cada caso, deberá proporcionarse según el tipo de modalidad de trabajo acordada y la extensión de la jornada laboral.

Todas las personas que contraten a una empleada doméstica en 2024 están obligados a registrarla en la ARCA y con un sueldo en blanco.

Sueldos vigentes para el personal de empleadas domésticas 2024

PRIMERA CATEGORIA: SUPERVISOR/A, Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo.

Con retiro

  • Hora: $3.351
  • Mensual: $418.240

Sin retiro

  • Hora: $3.670
  • Mensual: $465.872

SEGUNDA CATEGORIA: PERSONAL PARA TAREAS ESPECÍFICAS, Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo.

Con retiro

  • Hora: $3.173
  • Mensual: $338.569

Sin retiro

  • Hora: $3.479
  • Mensual: $432.543
Al estar en blanco a la empleada doméstica se le otorga la posibilidad de acceder a un sistema de salud, a un seguro de trabajo y a una jubilación.

TERCERA CATEGORIA: CASEROS, Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo.

  • Hora: $2.997
  • Mensual: $379.111

CUARTA CATEGORIA: ASISTENCIA Y CUIDADO DE PERSONAS, Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores.

Con retiro

  • Hora: $2.997
  • Mensual: $379.111

Sin retiro

  • Hora: $3.351
  • Mensual: $422.479
En el artículo 14 de la ley 26.844, se consigna que el empleador está obligado a contratar a favor de la empleada doméstica un seguro por los riesgos del trabajo.

QUINTA CATEGORIA: PERSONAL PARA TAREAS GENERALES, Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.

Con retiro

  • Hora $2.779
  • Mensual: $340.930

Sin retiro

  • Hora: $2.997
  • Mensual: $379.111

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