El Gobierno oficializó hoy el decreto que prohíbe a los ministros designar a sus parientes en la estructura del Estado. La medida anunciada el lunes pasado por Mauricio Macri durante un acto en la Casa Rosada tiene dos excepciones.
1) Concurso público
Si bien a partir del decreto los familiares de segundo grado de consanguinidad o afinidad de los ministros no podrán trabajar para la administración nacional, sí podrán hacerlo quienes hayan atravesado un proceso de selección oficial.
2) Antigüedad
Los familiares que gocen de una estabilidad ganada por la cantidad de años en el cargo también podrán mantener sus puestos de trabajo. Incluso quienes hayan hecho reserva del cargo por ocupar uno de carácter político.
En los considerandos del decreto 93/2018, el Poder Ejecutivo remarca que "asumió el compromiso de continuar mejorando la institucionalidad, la integridad y la transparencia de todas las políticas públicas que lleva adelante".
"Transcurridos dos años de gestión, y efectuado un reordenamiento administrativo que ha permitido mejorar la gestión global del Estado Nacional, resulta ahora necesarioadecuar nuevos criterios que sean aplicables al régimen de designaciones bajo cualquier modalidad de funcionarios públicos", añade.
El ministro de Modernización, Andrés Ibarra, estimó que no habrá más de 40 casos de familiares de funcionarios que estarán alcanzados por la medida.
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