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4 de agosto de 2021 - 10:57
Boletín Oficial

El Gobierno promulgó la nueva ley de biocombustibles

Actualiza los cortes mínimos de biocombustibles hasta 2030 y reemplaza a la normativa que funcionaba desde hace quince años en el país.

Con su publicación en el Boletín Oficial, el Gobierno puso en vigencia a partir de hoy la nueva reglamentación que rige la Ley de Biocombustibles, la cual se extenderá hasta 2030 y modifica los cortes de bioetanol que deben incluir los combustibles..

La Ley 27.640 había sido sancionada a comienzos de julio en el Congreso, luego de una larga puja entre petroleras, el campo y distintos gobiernos provinciales. Finalmente se impuso la propuesta del diputado Máximo Kirchner.

El nuevo marco de la producción de biocombustibles reemplaza al que funcionaba desde hace quince años, y dispone un corte mínimo obligatorio de 12% de bioetanol y una eventual reducción al 9% con la nafta, mientras que para el gasoil será de un 5%, con una eventual reducción al 3%.

En el caso del combustible elaborado a base de caña de azúcar, los volúmenes deberán ser del 6% de la mezcla mínima obligatoria, mismo porcentaje para el bioetanol a base de maíz.

El Régimen de Regulación y Promoción para la Producción y Uso Sustentables de Biocombustible prevé exenciones relacionadas con los impuestos al Valor Agregado (IVA) y a las Ganancias para la adquisición de bienes de capital u obras de infraestructura, y dispone que los bienes afectados no integrarán la base de imposición de la Ganancia Mínima Presunta.

También determina que los biocombustibles no estén alcanzados por la tasa de Infraestructura Hídrica, por el impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural, por el gravamen denominado 'Sobre la transferencia a título oneroso o gratuito”, sobre la importación de gasoil, como tampoco por los tributos que en el futuro puedan sustituir o complementar a los mismos.

También tendrá que realizar auditorías e inspecciones en las empresas e instalaciones de elaboración, almacenaje y mezcla de biocombustibles; aplicar las sanciones establecidas; y establecer y modificar los porcentajes de mezcla obligatoria de los biocombustibles con gasoil o nafta y garantizar su cumplimiento.

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