En el día de hoy, el Gobierno nacional hizo oficial la decisión de anticipar la vigencia del incremento del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), que pasará a ser a partir del 1 de junio de 45.540 pesos. La medida se publicó en el Boletín Oficial por medio de la resolución 6/2022 del Ministerio de Trabajo.
En base a lo resuelto, los montos serán, desde el 1 de junio, de 45.540 pesos para trabajadores mensualizados y 227.70 el valor de la hora para trabajadores jornalizados.
A partir del 1 de agosto, en tanto, el salario mínimo, vital y móvil será de 47.850 para trabajadores mensualizados y 239.30 el valor de la hora para trabajadores jornalizados.
Por su lado, los montos mínimos y máximos de la prestación por desempleo quedarán en $12.650 y 21.083, respectivamente, a partir del 1 de junio; y $13.292 y 22.153 a partir del 1 de agosto, según la medida firmada por el ministro Claudio Moroni.
El jueves último, un grupo de diputados nacionales del Frente de Todos (FdT) liderados por Máximo Kirchner había presentado un proyecto de resolución que proponía anticipar a julio la totalidad de los incrementos del SMVM pautados para 2022.
En los considerandos de la disposición difundida hoy, el Gobierno resaltó que "la recuperación del salario es una prioridad y constituye una condición necesaria para que la economía sostenga la reactivación en marcha" y "para ello deben generarse todos los instrumentos necesarios para que el ingreso de los trabajadores y las trabajadoras crezca en términos reales".
Para respaldar con argumentos el adelantamiento del incremento del SMVM para el mes de junio, puntualizó que "la dificultad de convocar con carácter urgente al Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, obliga el dictado de una medida hasta tanto se reúna nuevamente dicho órgano".
"Es en esa inteligencia que corresponde variar sobre uno de los elementos contenidos en el acuerdo arribado entre las partes, anticipando los plazos fijados, de modo que ellos acompañen el proceso de reactivación en marcha", añadió en esa línea.
A su vez, rdestacó que "forma parte de la manda constitucional de asegurar el bienestar general, el acceso de los trabajadores y las trabajadoras a un trabajo digno y a una retribución acorde".
Al final, concluyó que "el derecho al trabajo es la base para la realización de otros derechos humanos y para una vida en dignidad, siendo el salario su consecuencia.
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