La "Ley Justina" ya es un hecho. Mediante un decreto presidencial, publicado este lunes en el Boletín Oficial, se reglamentó la Ley de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células.
Esta ley fue impulsada por la familia de Justina Lo Cane, una nena de 12 años que perdió la vida esperando un corazón. Busca y tiene por objetivo dar respuesta a más de los 10 mil argentinos que actualmente están en lista de espera para un trasplante.
Te puede interesar: En el 2018 Jujuy superó el récord histórico de donación de órganos
La ley N° 27.447 dispone que "toda persona capaz mayor de 18 años" es posible donante de órganos o tejidos, salvo que haya dejado constancia expresa de lo contrario. Entonces, antes de hacer una ablación, los médicos deberán corroborar si el donante, en vida, informó su negativa, algo que se puede hacer a través del INCUCAI, el RENAPER, los Registros Civiles, los Organismos Provinciales de Ablación e Implante, el Correo Oficial, o en el perfil digital de Mi Argentina.
En la reglamentación no queda estipulado qué harán si un familiar se niega a que se realice la ablación. Ante la consulta de cómo actuarán si un marido/esposa, padre, o hijo rechaza donar los órganos del ser querido, desde el INCUCAI le respondieron a un medio nacional que "la Ley respeta la manifestación expresa (afirmativa o negativa) realizada en vida por las personas". Por lo tanto, los familiares del fallecido ya no son los encargados de tomar la decisión.
Sumate al Canal de WhatsApp de TodoJujuy.com
Recibí las noticias en tu celular sumándote al Canal de WhatsApp de TodoJujuy.com. Ingresá al siguiente enlace: https://whatsapp.com/channel/0029VaQ05Jk6BIErMlCL0v0j
Si querés, podés activar las notificaciones.
Además, podés comunicarte con nosotros a través del WhatsApp de las Noticias al 3885007777.
Copyright © Todo Jujuy Por favor no corte ni pegue en la web nuestras notas, tiene la posibilidad de redistribuirlas usando nuestras herramientas. Derechos de autor reservados.