El Ministerio de Salud de la Nación anunció una medida que simplifica los requisitos de matriculación para los profesionales de la salud que trabajan en organismos e instituciones del Estado Nacional. A partir de ahora, la matrícula nacional emitida según la Resolución N° 3320 será suficiente para ejercer en hospitales y dependencias de jurisdicción nacional, eliminando la necesidad de contar con matrículas provinciales adicionales.
Esta decisión busca unificar y simplificar los requisitos de matriculación, garantizando la calificación y competencia de los profesionales, y eliminando posibles ambigüedades o trámites adicionales que, en algunos casos, implicaban retenciones sobre los haberes de los trabajadores. La medida también asegura una adecuada fiscalización y permite una respuesta unificada y eficiente ante cualquier riesgo que pueda comprometer la calidad de la atención sanitaria.
La Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras, junto con otras dependencias competentes, será la encargada de difundir esta normativa para asegurar su conocimiento y correcta implementación en todo el país.
En esta línea, mediante la Resolución N° 3320/2024, se implementó la credencial digital profesional única y obligatoria, y mediante la Resolución Ministerial N° 4827/2024, se dispuso que la credencial digital no tiene vencimiento .
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