En este sentido, el Director Ejecutivo de la ANSES, Diego Bossio, afirmó que “con PROGRESAR brindamos oportunidades a los jóvenes que quieren iniciar o finalizar sus estudios. La prestación posibilita la compra de materiales de estudio y el costeo de viajes. El plan tiene un efecto distributivo, pero también macroeconómico, ya que genera condiciones propicias para el consumo. Esto es auténtica inclusión social”.
Al comienzo del programa, en febrero de 2014, la cantidad de inscriptos a PROGRESAR era de 217.766. Los 790.114 jóvenes que actualmente acceden al Programa implican un aumento del 262,83%.
El pasado 12 de marzo, la presidenta de la Nación, Cristina Fernández, anunció un aumento del 50% en la prestación, que pasó a $900 mensuales. Además, se incrementó el ingreso tope del titular y su familia para acceder al derecho, el cual pasó de $4716 (un salario mínimo, vital y móvil) a $14.148 (3 salarios mínimos). Asimismo, se empezó a reconocer como grupo familiar autónomo a los/as jóvenes con hijos y a aquellos que trabajen en casas particulares ya que, de esta manera, se les facilitará el acceso.
PROGRESAR es un programa de respaldo a los estudiantes de 18 a 24 años que desean empezar, continuar o finalizar sus estudios, que no tienen empleo, trabajan informalmente o que hasta ahora percibían un salario menor al mínimo vital y móvil y su grupo familiar se encontraba en iguales condiciones.
Cómo acreditar la escolaridad
Es muy importante para poder cobrar que el joven demuestre que está estudiando en una institución reconocida por PROGRESAR. Para acreditar escolaridad y avanzar con el programa, deberá ingresar en www.progresar.anses.gob.ar y completar el Formulario PS.2.68 “Acreditación de Escolaridad”: http://progresar.anses.gob.ar/Formulario_Acreditacion_Escolaridad.pdf
Además, las inscripciones continúan abiertas, por lo que a medida que se vayan presentando las constancias de inscripción a los establecimientos educativos o centros de formación, todos los estudiantes podrán cobrar en las próximas fechas de pago.
Cómo conocer los establecimientos educativos habilitados
Para poder percibir PROGRESAR, los jóvenes deben iniciar, continuar o terminar sus estudios en el nivel primario, secundario, terciario o universitario, en centros de formación profesional habilitados por el Ministerio de Trabajo, centros habilitados para el Plan Fines, bachilleratos populares e instituciones acreditadas ante el Ministerio de Educación de la Nación.
Para saber cuáles son esos lugares habilitados, los interesados deberán ingresar a www.progresar.anses.gob.ar, elegir el apartado Educación, sección Establecimientos educativos y centros de formación, y colocar el código que aparece en pantalla, hacer clic en continuar y allí aparecerán parámetros de búsqueda: por un lado, colocar en la primer solapa establecimientos educativos, en la segunda la provincia a la que pertenece la persona, en la tercera el nivel educativo (primario, secundario, terciario o universitario) y luego el código postal. Posteriormente, oprimir buscar y se desplegará el listado completo de instituciones autorizadas.
Cómo saber si el joven es aprobado para PROGRESAR
Dos semanas después de que el joven haya presentado el formulario de solicitud y el de inscripción de escolaridad, la ANSES se contacta con el titular por SMS o correo electrónico para comunicar si el trámite fue aprobado.
Se extiende el plazo de acreditación de alumno regular
Se estableció la prórroga de la fecha de presentación de los certificados de asistencia regular para los estudiantes inscriptos a PROGRESAR, que vencía en mayo de 2015, hasta el próximo 31 de julio.
De esta manera, el Formulario PS.2.68 - “Acreditación de Escolaridad / Escolaridad Especial / Formación”- presentado ante la ANSES con anterioridad al 1º de agosto de 2015 dará derecho a la percepción del 20% reservado de los meses de julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2014.
Calendario de pagos – liquidación junio
Terminación DNI Fecha de pago
01 06-07-2015
02 07-07-2015
03 08-07-2015
04 10-07-2015
05 13-07-2015
06 14-07-2015
07 15-07-2015
08 16-07-2015
09 17-07-2015
10 20-07-2015
Pueden percibir el derecho hasta el 10 de agosto de 2015
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