"Este dislate debió ser rechazado de inmediato y sin necesidad de sustanciarlo", dijo. Los abogados de la Argentina plantearán hoy ante Griesa que la solicitud de desacato es "jurídicamente inadmisible".
En tanto, Timerman aseguró que los diferentes tratados de la ONU y la OEA a los que adhieren tanto Argentina como los Estados Unidos reconocen “la igualdad soberana entre Estados” y advirtió que un potencial dictamen que declare a nuestro país en desacato por el tema de los fondos buitre “no sólo viola de forma manifiesta el derecho internacional sino que es un antecedente que podría ser utilizado en el futuro” contra el país norteamericano.
Durante la conferencia de prensa realizada en la Casa de Gobierno, el ministro advirtió que según las convenciones internacionales “en ningún caso” puede darse curso a “las medidas de apremio solicitadas por los buitres, sostener lo contrario atentaría contra las formas más básicas de convivencia internacional”.
En Nueva York, desde las 16 (las 17 en la Argentina), habrá una audiencia en la que el juez Thomas Griesa definirá si emite una sanción contra Argentina por desacato, según le pidieron los fondos buitre en el litigio que impulsan.
Timerman informó que Argentina presentó sendas notas al gobierno de los Estados Unidos y al juez Thomas Griesa, en rechazo al pedido de los fondos buitres para que se declare al país en desacato por no cumplir con la sentencia del magistrado norteamericano que obliga al pago de 1.330 millones de dólares.
"Este dislate debió ser rechazado de inmediato y sin necesidad de sustanciarlo", dijo Timerman en una declaración a la prensa en Casa de Gobierno en la que indicó que "esa pretensión (de los fondos buitre) implica un desconocimiento o una percepción alterada de las normas del derecho internacional vigente".
En la presentación ante el Juzgado de Griesa, titulada "Memorándum de la República Argentina en oposición a la solicitud de las demandantes de declarar a la Argentina en desacato civil e imponer sanciones", Argentina afirma que "la solicitud de las demandantes es legalmente inadmisible, inaplicable y de imposible cumplimiento" y que "debe rechazarse".
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