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20 de octubre de 2023 - 13:22
Elecciones 2023.

Qué pasa si el presidente de mesa no se presenta en el centro de votación

Este domingo son las elecciones generales y cada mesa de votación debe contar con un presidente de mesa para que se de inicio al.

Este domingo se llevarán a cabo las elecciones generales en todo el país. La jornada democrática y electoral dará inicio a las 8 de la mañana en cada una de las instituciones del país, y cada mesa debe contar con los actores fundamentales para el proceso. El más importante es el presidente de mesa. Sin ellos no se puede dar inicio al proceso de votación en una mesa.

Los presidentes/as de mesa de una elección, son las máximas autoridades de cada mesa de votación y son designados aleatoriamente por la justicia electoral. Sin ellos no se puede dar inicio al proceso de votación en una mesa. La Justicia Electoral considera que cumplir con el rol de ser presidente de mesa es una “carga pública irrenunciable”, aun así otorga 3 días a las personas seleccionadas y notificadas, para que puedan excusarse y acceder al no cumplimiento de la tarea electoral. Cabe destacar que la causa debe ser justificada y considerada válida. Pero, ¿Qué pasa si no asiste al centro de votación el día de la elección?.

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Presidente de mesa: su función

La persona designada para ser presidente de mesa debe velar por el normal desarrollo del comicio en la mesa que le corresponde. Sin esta autoridad, no se puede dar apertura a la votación en esa mesa, incluso puede haber fiscales partidarios, pero el presidente de mesa no puede faltar. Cumplir con esa designación no es una opción, es una obligación, es un deber republicano.

Qué penas prevé la ley para los presidentes de mesa que no asistan

El artículo 132 del Código Electoral Nacional establece penas de 6 meses a 2 años a los funcionarios y “a los electores designados para el desempeño de funciones que sin causa justificada dejen de concurrir al lugar donde deban cumplirlas o hicieren abandono de ellas”. Es decir que, en la mayor pena prevista, por ser inferior a 3 años, la condena es de cumplimiento condicional (se deja en suspenso mientras se cumplan las condiciones impuestas por el juez).

El presidente de mesa y el suplente tienen la obligación de estar en el centro de votación durante toda la jornada electoral. “Al reemplazarse entre sí, los funcionarios dejarán constancia escrita de la hora en que toman y dejan el cargo”, indica el artículo 76 del Código.

Si el presidente de mesa designado no asiste al centro de votación el día de los comicios, el delegado de la Justicia electoral en esa escuela debe establecer algún “procedimiento de contingencia”. Estos mecanismos no están establecidos taxativamente en el Código Electoral de la Nación, pero hay algunas soluciones que son más habituales que otras. Si no está el presidente, el primero que llega a votar le toca por obligación ciudadana. El Comando Electoral en el sitio toma la decisión. El reemplazo también se puede hacer con personal del correo asistido por el Comando Electoral.

Para minimizar el ausentismo, la Cámara dispuso este año que sean 3 autoridades (un presidente, un vocal y un suplente) en las mesas pares y 2 (un presidente y un vocal) en las impares. “Es decir, 5 autoridades de mesa cada 2 mesas”, indicó el tribunal en la Acordada 46/2023.

En esa misma decisión, la Cámara advirtió: “Es preciso recordar -y hacérselo saber a los ciudadanos al momento de la notificación- que la designación como autoridad de una mesa receptora de votos constituye una carga pública irrenunciable. Es decir, se trata de una obligación legal -que expresa un indelegable deber cívico-.

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