Salud.. 

Recetas digitales: sin fotos de la orden médica

El Ministerio de Salud de la Nación reguló la documentación necesaria para el expendio de medicamento por las recetas digitales.
Por  Ramiro Menacho

Esta tarde el Ministerio de Salud de la Nación publicó la resolución 3622/2022, que dispone que ya no serán válidas las fotos de las órdenes médicas de papel. Sólo serán válidas las recetas físicas en papel o las recetas digitales.

Según indicaron, lo que se busca es regular la prescripción de medicamentos con las excepciones que se habían habilitado durante la pandemia para que los pacientes no tuvieran que trasladarse hasta las farmacias.

De esta manera, los profesionales tendrán que llenar las recetas digitales con firma electrónica certificada por las autoridades sanitarias a través de un sistema informático oficial.

RODRIGO ARGAÑÁRAZ - Receta médica digital TJ.mp4

Fin de las fotos

Los pacientes ya no podrían presentar o enviar a la farmacia una foto de la receta en papel, una receta por mail, o una prescripción por WhatsApp, ya que en esos casos se tratan de fotos, de capturas de imágenes que no tienen validada la firma ni la matrícula del profesional que la hace, eso se habilitó sólo por tiempo de pandemia. Sí por supuesto, sigue validada la receta digital, de hecho hay una Ley de receta electrónica, que aún no está reglamentada por una serie de complejidades.

El texto publicado hoy indica que “por la Resolución N° 696/20, se autorizaron modificaciones en la prescripción y dispensa de medicamentos psicotrópicos u otros para la atención de patologías crónicas y eventualmente agudas mientras dure la emergencia sanitaria introduciendo modificaciones a los procedimientos previstos en las Leyes Nº 17.132, Nº 17.565, Nº 19.303 y en la Disposición ANMAT Nº 13.831/16, respecto de los pacientes con tratamientos crónicos o agudos, habilitando la presentación de prescripciones en formato de mensaje de texto o mensajes a través de aplicaciones de mensajería vía web, mail o fax y a su vez, pueda presentarla en la farmacia, a fin de que el paciente no deba presentarse al centro de salud u hospital para que le sea renovada la receta de medicamentos crónicos y/o cualquier otro medicamento que utilice habitualmente”.

Al encontrarse el país en un momento muy diferente al de marzo de 2020, la nueva resolución precisa que “resulta conveniente actualizar reordenar la normativa de este Ministerio de conformidad a la situación epidemiológica actual, los avances alcanzados con el plan estratégico de vacunación contra la COVID-19 y la alta inmunidad con que cuenta la población. Een consecuencia, en virtud de los motivos señalados corresponde dejar sin efecto la Resolución Nº 696/20 y la Resolución 2948/2021″.

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