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20 de octubre de 2023 - 16:33
Política.

Rechazaron el pedido de un examen psicofísico a los candidatos a presidente

La jueza Servini rechazó el pedido de amparo que tenía como fin lograr que los candidatos a presidente sean evaluados para ver su aptitud psicológica.

Redacción de TodoJujuy
Por  Redacción de TodoJujuy

La jueza electoral nacional María Servini desestimó una solicitud de amparo que buscaba que los cinco candidatos a la presidencia de la Nación que competirán el domingo fueran sometidos a una examen médico y psicológico que certificara su aptitud para asumir el cargo de jefe de Estado.

“Se encuentra fuera del alcance de este Tribunal la imposición de requisitos, normas, evaluaciones y/o procedimientos no previstos en la Constitución Nacional y en la legislación electoral vigente mediante los cuales quienes se postulan al cargo de Presidente de la Nación deban perseguir y cumplir a efectos de materializar ese objetivo”, argumentó.

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Servini emitió un fallo que concordaba con la opinión del fiscal electoral, Ramiro González, quien previamente había afirmado que tales exámenes no forman parte de los criterios que establece la Constitución Nacional para acceder a la presidencia, y además, que todas las candidaturas ya han sido oficialmente reconocidas y el plazo para impugnaciones ha caducado.

Sergio Massa insiste con el exámen

A pesar de que no se requiere de manera obligatoria, Sergio Massa hizo una propuesta pública en la que sugiere que los candidatos que avancen a una segunda vuelta, si esta llegara a producirse, se sometan de manera voluntaria a una evaluación de salud física y mental. Cuando le preguntaron sobre este tema en una entrevista, Milei expresó su disposición a someterse a dicha evaluación.

La demanda fue presentada por María Valeria Viglianchino, una residente de la localidad de Mar Chiquita en la provincia de Buenos Aires, quien inició una acción de amparo en nombre de un grupo. En su petición, solicitó que se requiera a los cinco aspirantes a la presidencia de la Nación que se sometan a una evaluación médica y psicológica para determinar su capacidad para ocupar el cargo.

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Argumentó que no hacerlo equivaldría a “una conducta ilegal y arbitraria” ya que el artículo 16 de la Constitución Nacional establece que todos los ciudadanos “son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad” y que los empleados públicos tienen que hacerse ese tipo de estudios, por lo que no puede ser menos para quien aspira a ocupar el cargo más relevante del país.

La mujer explicó que un presidente toma decisiones que afectan el “patrimonio, la salud y la vida del conjunto de los argentinos” por lo que es un derecho de la ciudadanía saber si están en condiciones de hacerlo. Propuso que los exámenes se realicen en una institución pública y que si uno de ellos no se encuentra apto y es electo el Senado de la Nación que se abstenga de tomarle juramento y que se lo inhabilite para ocupar el cargo.

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Detalles del rechazo al examen psicofísico

La jueza Servini indicó en primer lugar que la ciudadana carecía de la autorización necesaria para presentar la demanda en nombre de todos los habitantes del país. “La actora no puede arrogarse la representación de los ciudadanos de este país, toda vez que no puede desprenderse de tal situación que los eventuales damnificados vean su derecho subjetivo conculcado por la situación que describe en su escrito de inicio”, indicó la magistrada.

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La jueza encargada de rechazar la petición también aclaró que el artículo 89 de la Constitución Nacional define los criterios que deben cumplir aquellos que deseen postularse como candidatos a presidente o vicepresidente: “haber nacido en el territorio argentino, o ser hijo de ciudadano nativo, habiendo nacido en país extranjero; y las demás calidades exigidas para ser elegido senador”.

Y para ser senador los requisitos son los de “tener la edad de treinta años, haber sido seis años ciudadano de la Nación, disfrutar de una renta anual de dos mil pesos fuerte o de una entrada equivalente, y ser natural de la provincia que lo elija, o con dos años de residencia inmediata en ella”.

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Por tanto, no es obligatorio ni se puede forzar a un candidato a someterse a evaluaciones psicofísicas. “Es por ello, que exigir a los referidos candidatos que acrediten y se sometan a exámenes de aptitud psicofísica en instituciones públicas resulta improcedente, en ausencia de una regulación normativa que así lo establezca”, concluyó Servini.

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