Tras el reciente aumento de la Canasta Básica Total (CBT), se ha incrementado automáticamente el límite máximo de ingresos para la elegibilidad de los usuarios que deseen solicitar los subsidios de luz y gas. El reciente incremento en el valor de la CBT ascendió un 27% en el mes de diciembre.
Subsidios a la luz: ¿Quiénes pueden acceder al beneficio con el nuevo tope?
Con el incremento de la Canasta Básica a casi $500.000, se ajustaron los rangos tarifarios, lo que permite que más hogares accedan a los subsidios de luz y gas.
Esto significa que una familia requería ingresos equivalentes a $495,798 para evitar caer en situación de pobreza. De acuerdo con las regulaciones actuales para la asignación de subsidios en electricidad y gas natural, ahora una familia que tenga un ingreso equivalente a 3.5 veces la canasta básica puede solicitar el beneficio.
Cuando se estableció el Registro de Acceso a los Subsidios Energéticos (RASE), se excluyó a los usuarios clasificados como Nivel 1 o aquellos con mayores ingresos, que reportaban ganancias mensuales totales iguales o superiores a $871,367.04 (equivalentes a 3.5 veces la canasta básica para un hogar promedio según el INDEC en ese momento). Sin embargo, en la actualidad, debido a la inflación mensual de dos dígitos y las negociaciones salariales a la baja, este monto ha superado los $1,700,000, lo que ha permitido a muchas familias calificar para solicitar este beneficio.
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Efectivamente, este apoyo, que habitualmente llega a aproximadamente un tercio de todos los usuarios de energía, resulta atractivo para las familias en un momento en que el Gobierno nacional ha optado por incrementar el costo de la electricidad. Por otro lado, en lo que respecta al gas, aún no se han determinado los aumentos y siguen pospuestos.
A partir de abril, los precios del servicio de gas natural serán establecidos mediante una "nueva conceptualización" sobre los subsidios, los cuales serán determinados en función de una Canasta Básica Energética diseñada para garantizar una "correcta asignación" y cubrir las necesidades de los usuarios, "con distintos tipos de consumo en las zonas del país".
Cómo quedaron los nuevos segmentos tarifariosSegmento de ingresos altos (N1): no reciben beneficio
- Se trata de casas que alegan cumplir con alguna de las siguientes condiciones, considerando a todos los miembros de la convivencia: Ganancias mensuales totales del hogar que alcancen o superen los $1.735.294,11 (equivalente a 3,5 veces la canasta básica para un hogar promedio según el INDEC).
- Sin embargo, hay una excepción para los hogares ubicados en el partido de Patagones (Buenos Aires), Chubut, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz o Tierra del Fuego, A. e IAS, donde los ingresos mensuales totales para ser considerados como de mayores ingresos deben ser iguales o superiores a $2.117.058,82.
- Contar con tres o más automóviles de menos de cinco años de antigüedad.
- Ser propietario de tres o más propiedades.
- Ser dueño de una embarcación, un avión de alta gama o poseer acciones societarias que evidencien una solvencia económica completa.
Segmento de ingresos medios (N3): pueden solicitarlo
- Estos son los hogares que no pertenecen al grupo de mayores ingresos y cumplen con cualquiera de las siguientes condiciones:
- Los ingresos mensuales totales oscilan entre $495,798.32 y $1,735,294.11 (entre 1 y 3.5 veces la canasta básica para un hogar tipo 2 según el INDEC). Sin embargo, hay una excepción para los hogares que tienen al menos un miembro con Certificado Único de Discapacidad (CUD), donde los ingresos mensuales totales para estar en este grupo pueden variar entre $743,697.48 y $1,735,294.11 (entre 1.5 y 3.5 veces la canasta básica para un hogar tipo 2 según el INDEC).
- Tener un máximo de dos propiedades. Tener como máximo un automóvil con menos de tres años de antigüedad.
- Sin embargo, hay una excepción para los hogares que tienen al menos un miembro con Certificado Único de Discapacidad (CUD), quienes pueden poseer un automóvil con menos de tres años de antigüedad para ser considerados dentro del segmento de ingresos medios.
Segmento de menores ingresos (N2): pueden solicitarlo
Estos son los hogares que, considerando a todos los miembros del hogar, cumplen con las siguientes condiciones:
- Ganancias netas inferiores a $495,798.32 (equivalente a 1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según el INDEC). Sin embargo, hay una excepción para los hogares que tienen al menos un miembro con Certificado Único de Discapacidad (CUD), donde los ingresos mensuales totales para estar en este grupo deben ser inferiores a $743,697.48 (equivalente a 1.5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según el INDEC).
- Tener como máximo una propiedad.
- No tener un vehículo con menos de tres años de antigüedad. No obstante, existe una excepción para los hogares que tienen al menos un miembro con Certificado Único de Discapacidad (CUD), quienes pueden tener hasta un automóvil con menos de tres años de antigüedad para ser considerados dentro del segmento de ingresos más bajos.
Este grupo abarcará a los hogares que, aparte de no satisfacer los requisitos para ser considerados dentro del segmento de mayores recursos, cuenten con:
- Un miembro del hogar que cuente con Certificado de Vivienda otorgado por el ReNaBaP.
- Un integrante del hogar que reciba una Pensión Vitalicia para Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
- Una o un integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD). Excepción: Si el hogar con Certificado único de Discapacidad (CUD) tiene ingresos mensuales totales que exceden los $743,697.48 (equivalentes a 1.5 veces la canasta básica para un hogar tipo 2 según el INDEC) y/o posee dos o más propiedades, se clasificará dentro del segmento de ingresos medios.
- Residencia donde opera un comedor o merendero comunitario registrado en el RENACOM. No obstante, si en la vivienda funciona un comedor o merendero comunitario inscrito en el RENACOM y los ingresos superan los $495,798.32 (equivalentes a 1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según el INDEC), y/o si poseen dos o más propiedades o un vehículo con menos de tres años de antigüedad, se clasificará en el segmento de ingresos medios.
Nuevo aumento del precio de la electricidad
El Gobierno ha implementado el reciente esquema tarifario de electricidad y ha reprogramado las tarifas estacionales de verano para los usuarios de altos ingresos que pertenecen al Nivel 1, al mismo tiempo que ha conservado los precios subsidiados para aquellos de bajos y medianos ingresos, clasificados en los Niveles 2 y 3 respectivamente.
La disposición fue oficializada mediante la resolución emitida por la Secretaría de Energía número 7/2024, difundida en el Boletín Oficial, con el fin de "corregir progresivamente los desfases generados por 20 años de subsidios".
Se decidió continuar con la asistencia financiera para los estratos 2 y 3 (este último, aplicable únicamente para consumos mensuales de hasta 400 kilovatios hora -kwh-) con el propósito de "evitar impactos bruscos en los costos del servicio" y continuará "hasta tanto se ponga en vigencia el nuevo sistema de subsidios que considerará la capacidad de pago de cada consumidor", una vez que se oficialice la Canasta Básica Energética.
Hasta ahora, se mantiene vigente la clasificación establecida en junio de 2022, que se basa en una variedad de consumos y activos patrimoniales, así como en una referencia económica que equivale a 3,5 veces el valor de la Canasta Básica Total (CBT) elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).
¿Qué se necesita para iniciar el pedido de subsidios?
Información personal: Será necesario contar con tu Documento Nacional de Identidad (DNI) y el de las personas que residen contigo en la dirección para la cual solicitas el subsidio. Además, se precisará detalles sobre tu empleo, los ingresos mensuales totales del hogar y tu número de CUIT o CUIL.
Detalles de los servicios: Ten a disposición los números de medidor, cliente, cuenta, servicio, contrato y/o NIS (Número de Identificación del Suministro) que aparecen en tus facturas de electricidad y/o gas para que podamos vincularlos con tu residencia.
¿Cómo se hace el trámite para recibir los subsidios?
Accede al procedimiento y llena el formulario para inscribirte en el Registro de Acceso a los Subsidios Energéticos (RASE).
Sigue las instrucciones proporcionadas en el formulario con detenimiento. Verifica minuciosamente todos los datos ingresados. Este formulario es legalmente vinculante como declaración jurada.
Al concluir, recibirás el código de verificación de tu solicitud, el cual podrás descargar en formato PDF y deberás conservar como comprobante. Este código es esencial para monitorear el progreso del trámite a través de la aplicación MiArgentina.
Si posees Libreta Cívica, Libreta de Enrolamiento o si no puedes acceder al formulario y necesitas ayuda para completar el trámite, puedes dirigirte a las sedes de los proveedores de servicios de electricidad y gas o de ANSES (previa solicitud de turno) más próximas a tu casa. La inscripción en las oficinas de ANSES se llevará a cabo sin considerar el último número de tu DNI. Este procedimiento es gratuito y no implica ningún costo.
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