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21 de diciembre de 2023 - 08:29
Política.

¿Cómo seguirá la Ley de Alquileres y los contratos tras el DNU?

Javier Milei comunicó una lista de 30 aspectos centrales que integran el DNU. Entre ellas, mencionó en su mensaje la derogación de la Ley de Alquileres.

Redacción de TodoJujuy.com
Por  Redacción de TodoJujuy.com

El presidente Javier Milei dio a conocer una enumeración de 30 aspectos fundamentales incorporados en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), el cual en la madrugada de hoy se oficializó en el Boletín Oficial con 366 artículos y que abarcan la derogación de diversas normativas, entre las cuales se destaca la supresión de la Ley de Alquileres.

“Derogación de la Ley de Alquileres para que el mercado inmobiliario vuelva a funcionar sin problemas y que alquilar no sea una odisea”, dijo el presidente en la cadena nacional en la que estuvo acompañado por sus ministros.

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En el dictamen gubernamental, la fundamentación oficial se presenta con mayor contundencia aún: “Que en forma concordante, deviene imprescindible la derogación de la nefasta Ley de Alquileres N° 27.551″.

Asimismo, en el Decreto de Necesidad y Urgencia se detalla la divisa en la cual podrán convenirse los contratos, así como los procedimientos de ajuste. En una primera instancia, se dispone que “los alquileres podrán establecerse en moneda de curso legal o en moneda extranjera, al libre arbitrio de las partes. El locatario no podrá exigir que se le acepte el pago en una moneda diferente a la establecida en el contrato”.

“Las partes podrán pactar el ajuste del valor de los alquileres. Será válido el uso de cualquier índice pactado por las partes, público o privado, expresado en la misma moneda en la que se pactaron los alquileres. Si el índice elegido dejara de publicarse durante la vigencia del contrato, se utilizará un índice oficial de características similares que publique el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) si el precio estuviera fijado en moneda nacional, o el que cumpla las mismas funciones en el país que emita la moneda de pago pactada”, detalla el escrito.

Los acuerdos habitacionales a largo plazo volverían a regirse por el Código Civil y Comercial de 2015. Esto significa que tendrían una duración de dos años, con actualizaciones semestrales previamente pactadas entre el inquilino y el propietario (aunque también, las cuales quedarían establecidas en el contrato).

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Ley de Alquileres: qué pasará con los contratos vigentes

A pesar de la declaración realizada por Javier Milei, los compromisos actualmente en desarrollo deben ser observados con integridad hasta alcanzar su término previamente establecido. Esto implica que durante la vigencia del contrato de alquileres, se mantendrán plenamente en vigor todos los términos y condiciones hasta el momento de su conclusión.

La única posibilidad de excepción se presenta únicamente si el acuerdo contractual establece de manera explícita tal prerrogativa.

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Qué piensa Javier Milei sobre la Ley de Alquileres

La posición del jefe de estado respecto a la legislación de arrendamientos no resulta inesperada, dado que incluso durante la campaña electoral, el líder de La Libertad Avanza expresó claramente sus opiniones al respecto.

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“No se necesita una nueva Ley de Alquileres. Hay que eliminarla y dejar de interferir en contratos privados pulverizando el derecho de propiedad. Lo único que harán es perjudicar a los más vulnerables con menos propiedades, de menor calidad y a precios más caros”, argumentó LLA en un comunicado emitido luego del debate.

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