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18 de diciembre de 2025 - 16:30
Sigue la tensión.

Ley de Emergencia en Discapacidad: el Gobierno apeló el fallo que ordena ejecutarla

El juez federal de Campana, Adrián González Charvay, habilitó la apelación, que ahora deberá resolver la Cámara Federal de San Martín.

Redacción de TodoJujuy
Por  Redacción de TodoJujuy

El Gobierno nacional presentó un recurso contra la resolución del juez federal de Campana, Adrián González Charvay, quien había declarado nulo el artículo del decreto presidencial que suspendía la aplicación de la Ley de Emergencia en Discapacidad y ordenó su cumplimiento inmediato en todo el territorio nacional.

La sentencia del 12 de diciembre fue impugnada por la Procuración del Tesoro de la Nación, alegando que “causa agravio al Estado Nacional”. El escrito de apelación está firmado por el procurador del Tesoro, Santiago Castro Videla, con el respaldo legal del subprocurador Julio Comadira.

El Gobierno apeló el fallo que le ordenó ejecutar la Ley de Emergencia en Discapacidad.

El magistrado aceptó la apelacióncon efecto devolutivo”, lo que significa que la resolución impugnada continuará teniendo vigencia mientras la Cámara Federal de San Martín analiza el caso. Además, otorgó un plazo de cinco días al Estado para fundamentar su recurso.

La presentación reafirma una postura política del Ejecutivo que generó polémica en el Congreso: la oposición consiguió bloquear el apartado del Presupuesto que contemplaba la eliminación definitiva de la Ley de Emergencia en Discapacidad, sancionada el año pasado bajo un gobierno opositor.

Ahora, desde la Casa Rosada buscan revertir ese rechazo en el Senado y volver a introducir la versión general del Presupuesto en Diputados, un objetivo que quedó claro ayer que no será fácil de lograr.

El recurso fue concedido por el juez federal de Campana Adrián González Charvay y ahora deberá resolver la Cámara Federal de San Martín.

El fallo cuestionado

El magistrado González Charvay declaró nulo el artículo 2 del decreto presidencial 681/2025, que había suspendido la vigencia de la Ley de Emergencia en Discapacidad alegando la ausencia de partidas presupuestarias destinadas a su financiamiento.

En su resolución, el juez ordenó la “inmediata aplicación” de la norma y advirtió que la suspensión constituía una vulneración del sistema republicano. El conflicto surgió luego de que el Ejecutivo, tras la negativa del Congreso a su veto, promulgara la ley pero postergara su implementación amparándose en la Ley de Ejecución Presupuestaria, que establece que cualquier norma que autorice gastos debe contar con su correspondiente financiamiento.

En medio de la tensión en el Congreso, el Gobierno apeló el fallo que le ordenó ejecutar la Ley de Emergencia en Discapacidad.

González Charvay consideró que la cláusula de suspensiónresulta ser inválida a todos sus efectos, ya que violenta de manera objetiva y directa el mandato constitucional”, al subordinar la decisión de los representantes del pueblo a una reglamentación de rango inferior, en este caso el artículo 2 del decreto 681/2025.

El magistrado de Campana cuestionó además el fundamento económico esgrimido por el Ejecutivo, calificándolo de engañoso, ya que la Ley de Emergencia otorga expresamente al Jefe de Gabinete la facultad de redistribuir recursos.

En su resolución, el juez subrayó que se trataba de un “argumento falaz cuya falsía queda evidenciada en la simple lectura” la normativa, la cual provee los mecanismos necesarios para garantizar la cobertura de los gastos correspondientes.

juez federal de Campana Adrián González Charvay.

Los fundamentos

Al analizar los argumentos del decreto cuestionado y su impacto en la práctica, el juez federal de Campana determinó que la medida y sus efectos representan “no son otra cosa que un caso de clara discriminación a personas con discapacidad”, afectando además a niños y adultos mayores que se encuentran en situación de doble vulnerabilidad.

González Charvay señaló que, si bien el Ejecutivo ha recurrido a decretos para ajustar partidas en otros sectores, se negó a aplicarlos en este caso. El magistrado concluyó que respaldar la posición del Gobierno significaría avalar un uso selectivo y discriminatorio de los recursos públicos por parte del Poder Ejecutivo Nacional, en abierta contradicción con las responsabilidades que el Estado argentino ha asumido.

Ayer, la oposición le dio un golpe al intento del oficialismo de derogar la ley definitivamente en el Presupuesto 2026.

El fallo judicial, ahora recurrido, también destacó la seriedad de la crisis que afecta a las personas con discapacidad, a sus familiares y a las entidades que brindan servicios. El juez calificó la coyuntura como una “alarmante pérdida de poder adquisitivo”, que tiene como consecuencia directa una disminución en la calidad y la continuidad de todas las iniciativas orientadas a proteger, promover y restaurar la salud.

De acuerdo con lo expresado en la sentencia, esta situación mantiene a los beneficiarios del Estado en un estado de vulnerabilidad extrema, pese a que la administración pública tiene el deber de garantizar su protección con especial diligencia.

El recurso fue concedido por el juez federal de Campana Adrián González Charvay y ahora deberá resolver la Cámara Federal de San Martín.

La resolución judicial también hizo hincapié en el principio de no regresividad en materia de derechos humanos, que establece la prohibición de implementar medidas que reduzcan los niveles de protección previamente alcanzados. El magistrado señaló que la suspensión de la ley generaba como consecuencia directa un “deterioro progresivo de los servicios y prestaciones de salud”, afectando a un sector de la población que requiere una protección especial.

Asimismo, el tribunal rechazó la propuesta del Estado de presentar como solución la eventual asignación de recursos en el presupuesto de 2026. González Charvay concluyó que dicha promesa a futuro no abordaba la emergencia actual y subrayó que era imprescindible garantizar una protección reforzada y adoptar medidas inmediatas para atender la situación crítica del sector.

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