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Potenciar Trabajo: ¿Cuánto dura el programa?

El programa Potenciar Trabajo requiere cumplir con ciertos requisitos para su permanencia. En caso de no cumplirlos durante un determinado tiempo, éste caduca.
Por  María Florencia Etchart

El Programa Potenciar Trabajo busca mejorar las posibilidades de empleo y generar nuevas propuestas productivas por medio de la terminalidad educativa, la formación laboral, la certificación de competencias o la creación, promoción y fortalecimiento de unidades productivas gestionadas por personas físicas que se encuentren en situación de alta vulnerabilidad social y económica.

La finalidad del Programa Potenciar Trabajo es promover la inclusión social plena y mejorar los ingresos de las personas físicas que están en situación de alta vulnerabilidad para que alcancen la autonomía económica.

Incompatibilidades

No pueden ingresar o permanecer en el Programa Potenciar Trabajo las personas que:

  • Tienen empleo formal registrado, excepto los trabajadores y trabajadoras temporarios o estacionales o encuadrados dentro de las pautas del Decreto N° 711/21 y sus reglamentaciones
  • Están prófugos de la justicia,
  • Son titulares de cualquier tipo de establecimiento comercial abierto al público como propietarios, arrendatarios o usufructuarios,
  • Son titulares de cualquier tipo de explotación agrícola o ganadera, salvo las establecidas en el Registro Nacional de la Economía Popular.
  • Perciben un subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo o capacitación otorgados por el Estado Nacional, Provincial Municipal o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Son titulares de más de 1 bien inmueble.
  • Son titulares de un automotor con antigüedad menor a 10 años, de embarcaciones o aeronaves.
  • Cobran pensiones o prestaciones del Sistema de la Seguridad Social, mutualidades de previsión o de cualquier otro sistema público de protección:

Cobran jubilación contributiva o no contributiva.

Cobran pensiones a la vejez o por invalidez.

Cobran pensión Universal para el Adulto Mayor.

Cobran pensión por Incapacidad Permanente Total.

Cobran prestación o subsidio por desempleo reconocido por pérdida de un empleo a jornada completa.

Son mayores de 65 años y están en condiciones de tramitar o cobrar cualquier tipo de beneficio del Sistema de Seguridad Social. Una vez iniciado el trámite del beneficio podrán seguir percibiendo el subsidio hasta un año después de cumplir 65 años.

Realizan alguna prestación social o de empleo en el estado provincial, municipal o en organizaciones no gubernamentales para suplir la actividad propia de los empleados de esos organismos.

Permanencia y egreso del Programa Potenciar Trabajo

Permanecen en el Programa Potenciar Trabajo las personas que mantienen el cumplimiento de los requisitos de ingresos y cumplen con las obligaciones asumidas.

El incumplimiento de los compromisos asumidos o la inasistencia frecuente generarán la suspensión de la percepción del Salario Social Complementario.

Cuando los y las titulares del Programa cumplan su condicionalidad mediante la participación en el desarrollo de proyectos socio-productivos, socio-comunitarios y/o socio-laborales deben hacer actividades con una carga horaria promedio de 80 horas mensuales.

La Unidad de Gestión a la que se encuentren vinculados los y las titulares es responsable de certificar el cumplimiento de la condicionalidad e informar en caso de incumplimiento.

La suspensión debe estar debidamente fundamentada en un informe de acuerdo con los siguientes criterios:

  • Inasistencia frecuente o incumplimiento de tareas o actividades durante un mes: suspensión de la mitad de la prestación.
  • Inasistencia frecuente o incumplimiento de tareas o actividades durante un periodo de 3 meses: suspensión del Programa Potenciar Trabajo.

Pasados 3 meses a partir de la suspensión, los titulares pueden solicitar su reingreso al Programa en las Unidades de Gestión o Unidad de Evaluación.

Vencido el plazo total de 6 meses, se dispondrá el egreso del Programa.

Cuando los y las titulares del Programa estén cumpliendo su condicionalidad bajo la modalidad de Terminalidad Educativa deben acreditar que se han inscripto y se encuentran cursando la educación formal obligatoria mediante la presentación de la certificación correspondiente emitida por la Autoridad Educativa correspondiente en las distintas UDAI dependientes de la ANSES.

Los titulares del Programa que ingresen al mercado formal de empleo y tengan ingresos mayores al Salario Mínimo Vital y Móvil, permanecen en el Programa durante el primer año de la relación laboral, con suspensión de la percepción del subsidio de carácter personal.

Los y las titulares que ingresen al Programa mediante solicitud del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos o de los organismos dependientes del Poder Judicial pueden establecer y acordar individualmente con el Organismo que solicitó el alta al Programa, corresponsabilidades específicas en los ámbitos personal y familiar, educativo, laboral o de empleo y de salud, que les permitan un nuevo proyecto de vida.

Los titulares egresan del Programa Potenciar Trabajo por las siguientes causas:

  • Fallecimiento del titular.
  • Renuncia expresa del titular.
  • Modificación de la condición de vulnerabilidad social del titular.
  • Falsedad de las declaraciones juradas.
  • Incumplimiento de las obligaciones a cargo del titular.
  • Ingreso del titular al empleo formal (el egreso del Programa Potenciar Trabajo se produce luego de 12 meses de la fecha de ingreso al empleo formal y siempre que no se den las condiciones previstas para el Ingreso Protegido al Empleo).
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