Finalmente este viernes se conoció el decreto oficial que regula en qué momento los gobernadores de las provincias pueden restringir la circulación nocturna en sus jurisdicciones ante un eventual aumento de los casos de coronavirus.
El jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, manifestó en conferencia de prensa que "lo que se hace a nivel nacional es fijar pautas y alertas sobre riesgos futuros. Hoy los gobernadores ya están facultados a adoptar medidas y lo que estamos haciendo es describiendo cuál es el detalle de peligro del aumento de casos que está surgiendo en muchas provincias de nuestro país".
En cuanto a la obligatoriedad del cumplimiento del decreto publicado, Cafiero remarcó que "el artículo que está vigente, que vence el 31 de enero, les da facultades a los gobernadores para restringir actividades o la circulación. Nosotros lo que hacemos es definir el riesgo epidemiológico a partir de estos requisitos. Lo que hizo el Estado es lo mismo que ha hecho desde el primer día: trabajar en conjunto con todas las jurisdicciones. El Gobierno fija pautas nacionales y en virtud de la diversidad demográfica y cultural de la Argentina, quienes están al frente de los territorios deberán llevarlas adelante”.
Cafiero destacó que el Gobierno nacional solo define parámetros y enciende alertas, pero los que deberán tomar las decisiones son los gobernadores y el jefe de gobierno de CABA.
A su vez, la secretaria de Acceso a la Salud, Carla Vizzotti, explicó cuáles son los requisitos que deberán observar los gobernadores para aplicar las restricciones:
- RAZÓN: cuando el cociente (resultado de dividir) entre el número de casos confirmados acumulados en los últimos 14 días y el número de casos confirmados acumulados en los 14 días previos sea superior a 1,20 (es decir, que los casos aumenten un 20% de una quincena a la otra).
- INCIDENCIA: cuando el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100 mil habitantes sea superior a 150.
En función de estos indicadores, el Gobierno nacional solicitará a las autoridades locales que apliquen medidas para disminuir los contactos, priorizando la limitación de la circulación nocturna.
El Ministerio de Salud articulará con las autoridades sanitarias de las distintas jurisdicciones con el fin de colaborar con el monitoreo de los indicadores señalados.
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El Ministerio de Seguridad brindará cooperación para realizar controles de rutas, vías de acceso, espacios públicos y demás lugares estratégicos con el fin de ayudar a garantizar el cumplimiento de las medidas, a petición de los gobernadores y las gobernadoras.
El decreto establece que los gobernadores deberán priorizar la limitación de la circulación en horario nocturno, aunque no prohíbe que se adopten medidas durante el día.
El Jefe de Gabinete indicó que hay lugares donde estos parámetros ya se llevan adelante, como Mar del Plata y Pinamar y señaló que la ciudad de Buenos Aires se encuentra atravesando una aceleración de la curva similar a la de agosto, cuando se registró el pico de casos.
Consultado sobre si esto pone en riesgo el inicio de las clases presenciales este año, Cafiero puntualizó que "si queremos que el inicio de clases se dé normalmente en marzo, tenemos que seguir extremando los cuidados".
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