La incorporación de la tecnología en todos los aspectos del sistema de salud argentino es un desafío importante, con el fin de mejorar la trazabilidad, el control y seguimiento de los tratamientos, así como el acceso a los medicamentos. Es vital la transición de la dispensación de fármacos del formato en papel a lo digital. Según informaron, desde julio, el uso de receta electrónica será obligatorio en todo el territorio nacional.
La medida abarcará la adquisición de fármacos en farmacias y la recomendación de estudios y terapias médicas. No implica la sustitución de los actuales sistemas digitales del sistema de salud, sino su expansión y uniformización.
Desde el 1 de julio de 2024, la prescripción y dispensa de medicamentos debe realizarse exclusivamente a través de plataformas electrónicas autorizadas a nivel nacional.
La aplicación compulsoria de la prescripción digital fue dispuesta mediante la normativa del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/23, establecido a través del decreto N°345/2024, rubricado por el presidente Javier Milei, el ministro del Interior, Guillermo Francos, y su homólogo de Salud, Mario Russo. El documento fue divulgado en el Boletín Oficial.
La disposición, emitida por la cartera de salud nacional, tiene como objetivo mejorar la eficacia y protección en la obtención de fármacos y terapias. La prescripción digital facilita una trazabilidad más amplia, desde la identificación del médico que realiza la recomendación hasta la supervisión y control del tratamiento de los individuos.
La regulación considera la incorporación y normalización de las plataformas digitales ya en funcionamiento, además de la elaboración de un compendio nacional de fármacos. Según indicaciones del Ministerio de Salud, se busca incrementar la competitividad en el sector farmacéutico mediante la disminución de los gastos operativos.
Las farmacias deben adecuar su gestión a la dispensa de medicamentos con receta electrónica, incluyendo el registro de sustitución de productos.
A partir del primero de julio de 2024, la prescripción médica electrónica o digital será de cumplimiento obligatorio en todo el país. Según lo dispuesto en el decreto 345/2024, su ejecución será coordinada con las autoridades de cada una de las 24 regiones.
La nueva reglamentación requiere que, de ser preciso, las entidades territoriales fomenten la implementación de normativas suplementarias para ajustar sus legislaciones sobre ejercicio profesional y medidas disciplinarias conforme a los recientes criterios establecidos. El decreto estipula que las plataformas tecnológicas existentes para las prescripciones electrónicas o digitales seguirán siendo válidas, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en la nueva normativa.
“La receta electrónica y/o digital es el medio obligatorio para la prescripción de medicamentos, órdenes de estudios, prácticas y cualquier otra indicación que los profesionales de la salud consideren pertinentes para sus pacientes, en todo el territorio de la República Argentina, en la medida en que las jurisdicciones locales adhieran”, puntualiza el texto del decreto.
Se crea el Registro de Recetarios Electrónicos, donde se deberán informar el formato de las recetas emitidas.
“La venta y despacho deben realizarse desde la farmacia, en presencia de un farmacéutico responsable (Director Técnico y/o farmacéutico auxiliar), su venta y entrega al paciente podrá ser acordada por canales electrónicos determinados por la farmacia, mediante traslado al lugar que éste disponga a su conveniencia”, señala el artículo 7° del decreto 345/2024.
De este modo, será deber del farmacéutico asegurar que el traslado se efectúe de manera segura, conforme a los requisitos pertinentes y aquellos establecidos por la autoridad de salud competente. Las farmacias tendrán la obligación de conservar y almacenar las recetas digitales por un período de tres años.
Una vez que la receta electrónica esté implementada en todo el territorio nacional, favorecerá la circulación digital y completa de datos en el sistema de salud, abarcando farmacias, centros hospitalarios, clínicas y demás establecimientos de atención médica.
Se establece un régimen de turnos y despacho nocturno en farmacias, incluyendo la obligación de difundir adecuadamente esta información.
- Ofrece mayor legibilidad y evita errores en la prescripción
- Evita la adulteración de recetas (recetas truchas), por lo que hace más eficiente y segura la dispensa de fármacos
- Facilita la identificación de los profesionales que prescriben medicamentos
- Crea un diccionario nacional de medicamentos
- Posibilita un seguimiento eficaz del tratamiento de los pacientes
- Identificación de profesionales con capacidad para prescribir. Será necesario que estén registrados en la Red Federal de Registro de Profesionales de la Salud (REFEPS). Esta inscripción garantiza que únicamente los profesionales debidamente habilitados puedan realizar prescripciones, asegurando de este modo la integridad y la seguridad del proceso de prescripción.
- Registro Nacional de Soluciones Informáticas. Se establece un registro nacional que engloba las herramientas informáticas que respaldan la administración de la salud. Este registro comprende tanto los softwares que emiten recetas electrónicas como aquellos utilizados por las farmacias para la gestión de la dispensación de medicamentos. Este enfoque tiene como objetivo uniformizar y garantizar la calidad y seguridad de las plataformas empleadas en todo el país.
Las farmacias deberán archivar y guardar las recetas digitales durante 3 años.
- Diccionario Nacional de Medicamentos. Este sistema será la fuente de referencia para la nomenclatura en las prescripciones digitales. Esto posibilita que las recetas sean expedidas utilizando nombres específicos para su nombre genérico, facilitando la identificación y dispensación de los mismos. Busca la uniformidad y precisión en la prescripción de tratamientos a nivel nacional.
- Acceso a las recetas y órdenes electrónicas. El objetivo de esta medida es implementar un sistema de comunicación y acceso más eficaz para las recetas y órdenes electrónicas emitidas. Esto incluye también la declaración de la dispensa de medicamentos, la información sobre el producto entregado y su eventual sustitución en las farmacias. Busca garantizar un seguimiento efectivo del tratamiento recetado al paciente, desde la prescripción hasta la entrega del medicamento.
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