lunes 07 de octubre de 2024

Alcanzaste el límite de 40 notas leídas

Para continuar, suscribite a Todo Jujuy. Si ya sos un usuario suscripto, iniciá sesión.

SUSCRIBITE
2 de octubre de 2024 - 11:43
Salud.

Prohíben la venta de un pochoclo, un repelente, una miel y escabeches

Se trata de artículos no autorizados según ANMAT, cuyas condiciones de fabricación son desconocidas, lo que los hace potencialmente dañinos para la salud.

Redacción de TodoJujuy.com
Por  Redacción de TodoJujuy.com

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) decretó la prohibición, este miércoles, de varios productos, incluyendo una marca de miel, artículos en escabeche, una marca de pochoclo y un repelente para mosquitos. Esto se formalizó en las resoluciones que fueron divulgadas hoy en el Boletín Oficial.

La Disposición 8798/2024 estableció la prohibición de "la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea el producto: 'Miel de Abeja multifloral marca El Colmenar', Elaborada por Molle SA, Ruta 158, calle s/n, Pozo del Molle, Córdoba, RNE 04526188, RNPA 0434557".

Quedó plasmado en las resoluciones publicadas hoy en el Boletín Oficial.

La restricción se aplica a todas las presentaciones, lotes y fechas de caducidad de dicho producto, "por carecer de registros sanitarios, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de RNE y RNPA inexistentes".

Por esta razón, la Anmat advirtió que se trata de "un producto ilegal" que es potencialmente perjudicial para la salud de quienes lo consuman.

Otros productos prohibidos por la ANMAT

Por otro lado, la Disposición 8799/2024 estableció la prohibición de "la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea del producto: 'Maíz inflado dulce, sin T.A.C.C., marca Del Prado Pop', elaboración Artesanal, elaborado por Del Prado Pop, RNE 02-035145, RNPA 02-705471".

Se trata de un producto "ilegítimo no inscripto del que se desconoce el establecimiento que estuvo a cargo de su elaboración".

La restricción se aplica a todas las presentaciones, lotes y fechas de caducidad de este producto "por carecer de registro de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo un RNE existente, vigente y perteneciente a otra razón social y un número de RNPA inexistente, y por consignar en el rótulo el símbolo 'Sin T.A.C.C.' sin contar con la autorización correspondiente para tal atributo".

Por esto, alertó la Anmat, consta de "un producto ilegal" que es potencialmente perjudicial para la salud de quienes lo consuman.

Igualmente, la Disposición 8800/2024 estableció la prohibición de "el uso, la comercialización, la publicidad, la distribución en todo el territorio nacional y la publicación en plataformas de venta en línea del repelente de insectos de origen nacional denominado 'Repelente de Insectos, marca Mos Out', en todos los lotes, presentaciones, vencimientos y contenidos netos".

La prohibición rige para cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento de dicho producto.

De acuerdo con la Anmat se trata de un producto "ilegítimo no inscripto del que se desconoce el establecimiento que estuvo a cargo de su elaboración, y en consecuencia no es posible brindar garantías acerca de su eficacia, seguridad, y/o formulación con ingredientes permitidos por la normativa vigente aplicable".

En tanto la Disposición 8801/2024 prohibió "la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en las plataformas de venta en línea de los productos rotulados como: 'Escabeche de Tararira, RNE 05000275, RNPA 050008042, Marca El Abuelo, Elaborado y Envasado por El Abuelo SA, Pago Largo 154, Chavarria, Corrientes; 'Escabeche de Carpincho', RNE N° 05000265, RNPA N°050008835, 'Escabeche de Boga', RNE 05000267, RNPA 050008837, 'Escabeche de Dorado', RNE 05000267, RNPA 050008837 y 'Escabeche de Nutria', RNE 05000265, RNPA 050008835, todos Marca El Abuelo, Elaborado y Envasado por El Abuelo SA, San Martín 130, Esquina, Corrientes.

La Anmat advirtió que se trata de "productos ilegales" que son potencialmente perjudicial para la salud de quienes los consuman.

La restricción se aplica a todas las presentaciones, lotes y fechas de caducidad de estos artículos "por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, y por estar falsamente rotulados al exhibir en sus rótulos registros sanitarios inexistentes".

Por esta razón, la Anmat alertó que se trata de "productos ilegales" que pueden ser perjudiciales para la salud de quienes los ingieran.

Sumate al Canal de WhatsApp de TodoJujuy.com

Recibí las noticias en tu celular sumándote al Canal de WhatsApp de TodoJujuy.com. Ingresá al siguiente enlace: https://whatsapp.com/channel/0029VaQ05Jk6BIErMlCL0v0j

Si querés, podés activar las notificaciones.

Además, podés comunicarte con nosotros a través del WhatsApp de las Noticias al 3885007777.

Sumate al Canal de WhatsApp de TodoJujuy.com

Recibí las noticias en tu celular sumándote al Canal de WhatsApp de TodoJujuy.com. Ingresá al siguiente enlace:  https://whatsapp.com/channel/0029VaQ05Jk6BIErMlCL0v0j

Si querés, podés activar las notificaciones.

Además, podés comunicarte con nosotros a través del WhatsApp de las Noticias al 3885007777.

Copyright © Todo Jujuy Por favor no corte ni pegue en la web nuestras notas, tiene la posibilidad de redistribuirlas usando nuestras herramientas. Derechos de autor reservados.
Seguí leyendo

Lo destacado