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26 de abril de 2023 - 11:16
Alimentación.

Reglamentaron la Ley de enfermedad celíaca

La reglamentación terminó por oficializar la cobertura que tienen que ofrecer las obras sociales y prepagas en concepto de alimentos sin TACC.

Redacción de TodoJujuy.com
Por  Redacción de TodoJujuy.com

El Ejecutivo Nacional ha implementado una regulación para la Ley de enfermedad celíaca que establece los requerimientos que deben cumplir las obras sociales y prepagas en cuanto a la cobertura de alimentos Sin TACC, así como las adaptaciones necesarias que las instituciones y establecimientos deben realizar para asegurar un Menú Libre de Gluten seguro.

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Fue por medio del Decreto 218/2023 difundido este miércoles en el Boletín Oficial, en el cual se indicó que se ha aprobado la reglamentación de la Ley de Celiaquía Nº 26.588, modificada por Ley Nº 27.196.

La legislación ha declarado de interés nacional diversos aspectos relacionados con la enfermedad celíaca, incluyendo la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de esta enfermedad, así como la difusión, acceso a alimentos y medicamentos libres de gluten.

Es importante resaltar que la puesta en marcha de la Ley 26.588 tendrá dos consecuencias significativas: en primer lugar, permitirá la ampliación de la oferta de alimentos Sin TACC, convirtiéndola en un derecho para todas las personas celíacas; en segundo lugar, establecerá los estándares necesarios para garantizar que estos alimentos sean seguros al momento de ser ofrecidos.

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Según fuentes del Gobierno Nacional, esta medida establece la metodología para actualizar el monto de cobertura actual que deben brindar las obras sociales y prepagas, además de definir la frecuencia de las actualizaciones subsiguientes, las cuales tendrán lugar cada seis meses. En virtud de la última CBA publicada por el INDEC el 20 de abril de 2023, el monto de cobertura se elevará de $2.672 a $7.806,73.

Todos los medicamentos tendrán que ser identificados de acuerdo a su contenido o ausencia de gluten como “Libre de gluten” o “Este medicamento contiene gluten”.

Desde la promulgación de la Ley anterior en 2009, se diseñó un logotipo oficial para identificar los envases o envoltorios de Alimentos Libres de Gluten. Este logotipo es de fácil reconocimiento y ha sido utilizado desde entonces para facilitar la identificación de estos alimentos por parte de los consumidores.

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Desde la ANMAT se extendió y actualizó el listado oficial de Alimentos libres de gluten que al momento de la sanción de la Ley 26.588 contaba con sólo 1.400 productos inscriptos, y hoy en día cuenta con más de 23.000 productos.

Los organismos que han trabajado junto al Ministerio de Salud de la Nación para reglamentar la Ley son: el Ministerio de Educación, el Ministerio de Desarrollo Social, el Ministerio de Transporte, el Ministerio de Justicia, la Superintendencia de Servicios de Salud, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), y el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM).

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