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19 de junio de 2020 - 13:15
Al menos por 60 días

Vicentin: la Justicia restituye el directorio de la empresa y los interventores del Gobierno serán veedores

El juez del concurso Fabián Lorenzini falló en contra del Gobierno y aceptó una medida cautelar que restituye el directorio a Vicentin por 60 días prorrogables.

Andrea Miranda
Por  Andrea Miranda

Este viernes, en el marco del concurso preventivo de acreedores que pesa sobre la empresa Vicentin, el juez de Reconquista Fabián Lorenzini ordenó restituir al directorio de la compañía, al menos por los próximos 60 días - con plazo prorrogable -. Se trata de un fallo a favor de una medida cautelar que pidió la empresa donde el juez también decidió que el interventor del Gobierno tendrá un rol de veedor en el proceso. Además, se declaró incompetente en el pedido de inconstitucionalidad del DNU que intervino Vicentin.

Más allá de la polémica política en torno a la expropiación de Vicentin que el Gobierno decidió a través de un DNU - anunció que lo enviará al Congreso a futuro -, en materia legal, la empresa hizo distintas presentaciones ante el juzgado de Lorenzini que lleva adelante el concurso.

En este caso, había el directorio había indicado que "la irrupción de los interventores en dicha administración preexistente, de manera abrupta e intempestiva, impidió cualquier tipo de transición ordenada dejando a la empresa a la deriva".

En el escrito planteado por la cerealera establecía que el interventor dispuesto por el Gobierno afectaba "el normal funcionamiento" de la empresa y del "proceso concursal, como ser: la existencia de un proceso de verificación de créditos en curso, necesidad de resguardar el giro normal de las actividades de la empresa y de atender las obligaciones cuyo vencimiento se produce periódicamente, necesidad de abonar salarios de miles de trabajadores, continuidad de contratos".

Por otra parte, Vicentin también alegó que su volumen agroexportador - significa alrededor de un 9% del total de la oferta del país - "podría verse seriamente afectado por la situación de hecho generada merced al desplazamiento de los directores" y "por ende, también a sus acreedores, dado que el cobro de sus créditos depende principalmente de la continuidad operativa de la empresa".

Además, de la restitución del directorio, la empresa solicitó "el desplazamiento de los interventores designados, con fundamento en la ilegitimidad e inconstitucionalidad del citado decreto de necesidad y urgencia, sosteniendo su nulidad absoluta e insanable".

Con respecto al pedido, el juez Lorenzini dispuso: en primer lugar, " que los administradores naturales de la sociedad concursada, designados conforme a la ultima Asamblea Ordinaria de Accionistas, continúen ejerciendo las funciones para las cuales fueron designados, conforme al estatuto de la misma". En un segundo lugar, estableció que los Interventores designados en el DNU 522/2020 del PEN, continuarán "desarrollando su tarea, con el grado de veedores controladores". Y en tercer lugar, decidió que no le corresponde a él decidir sobre el pedido de inconstitucionalidad del referido DNU.

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