La AFIP ha implementado modificaciones en los umbrales mínimos para la notificación de transacciones relacionadas con la intermediación y compraventa de vehículos de segunda mano, así como la negociación, oferta o transferencia de propiedades inmobiliarias.
De esta forma, la entidad dirigida por Carlos Castagneto ha actualizado los datos proporcionados por los contribuyentes inscritos en los regímenes obligatorios de estas actividades. Asimismo, se ha establecido que, de ahora en adelante, los ajustes se realizarán de manera anual, tomando en cuenta la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) divulgado por el INDEC.
La AFIP actualizó los montos mínimos a partir de los cuales deben reportarse operaciones de intermediación o compraventa de motos y autos usados, y de negociación, oferta o transferencia de inmuebles. De esta manera, el organismo conducido por Carlos Castagneto ajustó la información que recibe de parte de contribuyentes inscriptos en los regímenes obligatorios para estas actividades. Además, estableció que a partir de ahora los ajustes se realizarán una vez al año sobre la base de la variación anual que haya tenido el Índice de Precios al Consumidor (IPC) difundido por el INDEC.
Los nuevos valores entran en vigencia el 1 de junio.
Motos y autos usados
En el caso de las transacciones de compraventa, será necesario reportarlas a la entidad cuando se alcancen los 1,1 millones de pesos para automóviles y los 450.000 pesos para motocicletas.
Actualmente, los montos mínimos obligatorios establecidos por el régimen de información de la actividad son de 600.000 pesos y 240.000 pesos, respectivamente.
En cuanto a los inmuebles, se ha realizado una actualización del valor mínimo, pasando de 5 millones a 9,4 millones de pesos.
Nuevo valor para el CETA
Por otra parte, la obligatoriedad para la obtención del CETA se aumenta a partir de los 2,4 a los 4,5 millones de pesos.
En esa línea, la nueva norma aplica ajustes una vez por año para estos montos de acuerdo a la variación interanual del IPC del Indec en octubre del período, en sintonía con la ley 27.667 que fijó el mecanismo de actualización para el mínimo no imponible del impuesto a los bienes personales.
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