La Cámara Federal de Casación Penal rechazó este viernes los recursos presentados por las defensas de Cristina Fernández de Kirchner y Lázaro Báez, y confirmó que el decomiso de bienes dictado en el marco de la causa Vialidad que deberá ejecutarse en el fuero penal de Comodoro Py, y no en el Civil, como pretendía la defensa de la expresidenta.
Con esta decisión, el Tribunal Oral Federal N°2 quedó habilitado para avanzar en la ejecución de los activos embargados hasta alcanzar la suma de $684.990 millones, monto fijado como consecuencia accesoria de la condena por fraude en la obra pública.
La resolución y los argumentos del tribunal
El fallo, firmado por los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña, respaldó la postura del fiscal Mario Villar, quien había solicitado evitar dilaciones en la aplicación del decomiso.
Los magistrados señalaron que esta medida “constituye una sanción penal derivada de la condena, y no una acción resarcitoria civil”, por lo que debe mantenerse bajo la órbita del fuero penal.
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Cristina Fernández de Kirchner y la causa Vialidad
“El decomiso se ha convertido en un pilar esencial de la investigación penal contemporánea, indispensable para desmantelar redes corruptas incrustadas en el Estado”, argumentaron los jueces en su resolución.
Casación coincidió con el fiscal Villar en que el objetivo de esta herramienta es despojar a los responsables de los beneficios económicos del delito y restituirlos a la sociedad.
El monto y el método de cálculo en la causa Vialidad
El Tribunal Oral había determinado que Cristina Kirchner debía devolver $684.990 millones, cifra actualizada mediante el índice de precios al consumidor (IPC).
La defensa de la expresidenta había cuestionado este método, proponiendo un cálculo alternativo basado en la tasa pasiva promedio del Banco Central, que reducía el monto a unos $42.000 millones.
Sin embargo, los jueces desestimaron ese planteo al considerar que la actualización por IPC es “razonable y no arbitraria”, ya que permite mantener el valor real del beneficio ilícito frente a la depreciación monetaria.
Además, indicaron que las defensas no lograron demostrar errores de interpretación ni arbitrariedad en el fallo del tribunal oral.
Qué implica la decisión
La sentencia de Casación dejó firme la competencia del TOF 2 para ejecutar el decomiso, dado que los condenados no cumplieron con el pago voluntario. El fiscal Villar había insistido en que el proceso debía permanecer en el ámbito penal, al tratarse de una herramienta del Estado para recuperar bienes ligados a actividades ilícitas, y no de una compensación civil. De esta manera, el proceso patrimonial derivado de la causa Vialidad podrá continuar en Comodoro Py, bajo la supervisión del Tribunal Oral que dictó la condena original.
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