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22 de julio de 2019 - 08:25
AFIP

Hoy vence el plazo para la recategorización del monotributo: hay más de 3 millones de contribuyentes

En este régimen se encuentran inscriptos unos 3.150.000 contribuyentes y se estima que las categorías más bajas (A y B) suman 1.325.000 personas.

De acuerdo con las últimas reformas en materia tributaria, la recategorización –en caso de ser necesaria— se realiza sobre la base de la facturación del período comprendido entre julio de 2018 y junio de este año.

En caso de superar todas las categorías del monotributo, el contribuyente deberá pasar al Régimen General. Por inconsistencias en la categoría elegida y la verdadera facturación la AFIP podría aplicar una multa e incluso hasta inhabilitar al contribuyente.

La recategorización se realiza dos veces por año entre los días 1 y 20 de los meses de enero y julio. En los casos que el día 20 sea sábado, domingo o feriado el plazo se extiende hasta el próximo día hábil. La próxima revisión de categoría vencerá el 20 de enero de 2020.

Para conocer más

El monotributo nació como un régimen simplificado para pequeños contribuyentes, pero con la crisis económica actual comenzó a incorporar a mayor cantidad de aportantes que antes estaban en relación de dependencia o en el régimen general.

También existe la categoría de monotributo social, pensada para sectores de bajos ingresos económicos que les permite tener obra social, emitir facturas y jubilarse. En este grupo hay unos 550 mil inscriptos. Otro caso son los trabajadores en relación de dependencia.

Para encuadrarse en la categoría correcta, es necesario tener en cuenta ingresos brutos acumulados, posesión de local u oficina, el costo de la energía eléctrica consumida, los alquileres devengados y la superficie afectada al impuesto.

Por categoría:

* Categoría “A”: el límite de ingresos brutos es de 138.127 pesos anuales.

* Categoría “B”: el tope es de 207.191 pesos.

* Categoría "C”: el tope es 276.255 pesos.

* Categoría “D”: es de 414.383 pesos.

* Categoría “F”: es de 690.639 pesos

* Categoría “G”: es de 828.767 pesos

* Catgeoría “H”: es de 1.151.066

* Categoría “I”: es de 1.352.503 pesos

* Categoría “J”: es de 1.553.939 pesos

* Categoría “K”: es de 1.726.599 pesos.

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