El pasado 9 de mayo se cumplió una década de que fue sancionada la Ley de Identidad de Género en nuestro país. En ese marco, desde el Registro Civil de Jujuy informaron que durante estos diez años un total de cinco personas realizaron la rectificación de su DNI a género no binario.
En Jujuy cinco personas rectificaron el DNI con la X
El Director del Registro Civil, Octavio Rivas, afirmó que se trata de una ley pionera en el mundo y, desde su sanción, ha sido tomada como ejemplo en muchos países.
En este marco, el referente provincial detalló que a lo largo de estos diez años en Jujuy 449 personas realizaron el trámite para cambiar de género de las cuales, 27 fueron este mismo año. Asimismo se dio a conocer que en total 5 personas realizaron la rectificación de DNI a género no binario (con nomenclatura X).
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Cinco personas rectificaron su DNI a género no binario
Ley de Identidad de Género en Argentina: 10 años de lucha
El 9 de mayo 2012 el Congreso sancionaba la ley de Identidad de Género N°26.743, la primera a nivel mundial que no patologiza las identidades trans y permite acceder al cambio registral a través de un simple trámite administrativo, sin necesidad de acreditar pericias médicas, intervenciones quirúrgicas o tratamientos hormonales. Además, reconoce el derecho a la salud integral.
OCTAVIO RIVAS - Direc. del Registro Civil
¿Cómo define la identidad de género esta ley?
En uno de sus apartados, la medida define a la identidad de género como “la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo”.
Esto involucra la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido, y también incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales.
Con la sanción de la ley, las personas adquirieron el derecho de solicitar una rectificación registral cuando el sexo y el nombre de pila que figuran en su DNI no coincidan con su identidad de género autopercibida, incluso en el caso de niños o adolescentes, quienes también pueden hacerlo a través de un representante legal.
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Por primera vez, el censo abarcará la identidad de género, diferenciada del “sexo registrado al nacer”.
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