El Tribunal en lo Criminal Nº 3 condenó a 8 años de prisión a un hombre, D.C., por encontrarlo autor penalmente responsable del delito de “ abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo”, y ordeno su inmediato traslado al Servicio Penitenciario de la Provincia.
En el veredicto, dictado ayer 12 de octubre de 2021 por el Tribunal en lo Criminal N° 3 los jueces resolvieron que firme y consentida la sentencia se obtenga el perfil genético del condenado a los fines de incorporarlo al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.
Los hechos
De acuerdo con la requisitoria de la Fiscalía, en el transcurso de los años 2009 a 2012, cuando la víctima, su hija, contaba tan solo 11 años hasta los 14 años de edad, en un domicilio de la ciudad de Ushuaia, provincia de Tierra del Fuego, es que quedando al cuidado de su padre biológico, D.C., este aprovechó la ausencia de la madre de la niña para llevarla a su habitación y cometer abuso sexual sobre la pequeña en reiteradas oportunidades.
Así también, entre los mismos años, cuando se encontraban de vacaciones de verano en la ciudad de Perico, durante la noche mientras la menor se encontraba durmiendo en una habitación, el acusado ingresaba a la misma y abusaba sexualmente de su hija.
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El Tribunal en lo Criminal N°3 condenó a 8 años de prisión a un hombre por abuso sexual cometido a su hija menor de edad en reiteradas oportunidades.
Integrantes del tribunal, fiscalía, querella y defensa tecina
El Tribunal en lo Criminal N° 3 estuvo integrado por las juezas Ana Carolina Pérez Rojas – presidenta de trámite-, y María Margarita Nallar y el juez Mario Ramón Puig. En tanto, la secretaría estuvo a cargo del Lic. Nelson Omar Echenique.
Como representante del Ministerio Público de la Acusación se desempeñó el Dr. Alejandro Maldonado, quién no acusó al enjuiciado.
Por su parte, la querella representada por el Dr. Joaquín Campos, del Centro de Asistencia a la Víctima, solicitó la pena de 10 años de prisión para el acusado.
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La defensa técnica de D.C. fue ejercida por el Dr. Mario Eduardo Ramos, quien pidió para su defendido la absolución lisa y llana.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro de los plazos legales establecidos en el Código Procesal Penal de la Provincia, a partir de lo cual las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior.
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