Mediante Resolución General Nº 1304/2012 se establecieron los vencimientos correspondientes al Año Fiscal 2013 de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos, Impuesto Inmobiliario, Regímenes Especiales de Pago, Impuesto a los Automotores, Agentes de Retención y Percepción de Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Sellos e Inmobiliario, Régimen de Recaudación en Cuentas Bancarias; Sistema de Recaudación y Control de Acreditación Bancaria (SIRCREB); Sistema de Recaudación y Control de Agentes de Recaudación (SIRCAR). Los mismos podrán ser consultados por los contribuyentes a través de la página web de la institución: www.rentasjujuy.gob.ar.
En dicha resolución se establece la fecha de vencimiento para la Renovación de Exención prevista en el Código Fiscal y Leyes Especiales cuyo vencimiento opera el 31/12/2013.
Al mismo tiempo se informa que el vencimiento del 1º anticipo del Impuesto Inmobiliario para los contribuyentes SITI, operará en el mes de febrero junto con el 2º anticipo.-
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