El juez de control Isidoro Cruz declaró la nulidad del juicio por "ocupación del espacio público, alteración del orden y obstaculización del tránsito vehicular y peatonal", durante la protesta frente a la gobernación por parte de la organización que lideraba Milagro Sala en diciembre del 2015 y enero del 2016.
En su dictamen Cruz resuelve declarar la nulidad del procedimiento a cargo del juez Matías Ustarez Carrillo, tanto del juicio como la sentencia.
La organización Tupac Amaru había sido condenada a pagar una multa de 3780 pesos y la dirigente tenia una inhabilitación de tres años y tres meses para ocupar cargos en asociaciones civiles, barriales o deportivas, pero la defensa de Milagro Sala apeló el fallo.
En enero los abogados Ariel Ruarte y Paula Álvarez Carreras pidieron la revisión integral del juicio contravencional y señalaron que en la resolución el funcionario no fundamentó la condena y no presentó argumentos que permitan sostener cómo llegó a sancionarla con la pena económica y la proscripción de tres años.
Con esta resolución queda sin efecto la sanción, aunque el departamento contravencional podría apelar. Además los letrados insistirán con el pedido de inconstitucionalidad del Codigo Contravencional que también fue cuestionado ante los organismos internacionales.
El juicio lo llevó adelante el juez contravencional número 1 de San Salvador de Jujuy, Matías Ustarez Carrillo. Por lo tanto Milagro Sala podrá volver a ser dirigente y ocupar cargos en organizaciones provinciales y nacionales.
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