El Gobierno de Jujuy dispuso el otorgamiento de un bono extraordinario, no bonificable, que se liquidará por única vez para empleados estatales de la provincia. La medida quedó establecida en la Circular N° 014 C.P./2026. El mismo se brindará en el marco del Día del Trabajador.
De acuerdo al documento, el beneficio consiste en la liquidación por única vez de un suplemento no remunerativo, no bonificable extraordinario por persona, por un valor de $100.000, que se pagará en el curso del mes de abril, con motivo del Día del Trabajador que se celebra el 1 de mayo.
Asimismo, indicaron que la presente medida no impactará para el cómputo del Mínimo Salarial.
cajero plata.jpg
A quiénes alcanza el bono para estatales en Jujuy
El bono extraordinario se otorgará a favor de los agentes que integranla Administración Pública Provincial centralizada, descentralizada y organismos autárquicos, comprendidos en distintos escalafones, entre ellos: profesionales, Poder Legislativo, Poder Judicial, Auditoría General de la Provincia, Personal de Seguridad, Escalafón Docente, PAEBA, Colegios Subvencionados y Convenios Colectivos.
También se incluye al personal del Ex Banco de Desarrollo transferido a la Provincia, al personal del Ex Banco de Desarrollo con retiro voluntario y a ex combatientes de Malvinas. El texto señala que para recibir dicho bono, es necesario que sean empleados de planta permanente, reemplazantes, contratados, o estar bajo modalidad de locación de servicios o jornalizados, considerando como referencia la planta activa al mes de marzo de 2026.
En tanto, para el caso de docentes remunerados por hora cátedra, la circular establece que, si el agente no detenta ningún otro cargo compatible, se liquidará el suplemento de $100.000 sin considerar la cantidad de horas cátedra que posea.
Este lunes arranca el nuevo censo nacional para docentes: cómo hacerlo
Este lunes arranca el nuevo censo nacional para docentes: cómo hacerlo
Quiénes quedan excluidos del pago del bono
Dentro de las exclusiones, no se otorgará el bono a funcionarios de los siguientes sectores:
Poder Ejecutivo
Auditores y gerentes de la Auditoría General
Magistrados y miembros del Poder Judicial
Funcionarios y legisladores del Poder Legislativo
Funcionarios de organismos descentralizados y entes autárquicos
Funcionarios y legisladores de municipios y comisiones municipales
Además, quedan comprendidos en la exclusión los agentes dependientes de Empresas del Estado y de la Su.Se.Pu.