En el último año se notó un gran auge en la utilización del monopatín eléctrico en San Salvador de Jujuy, como así también en distintos puntos del país. A causa de esta situación, el Concejo Deliberante capitalino busca regular el uso de estos vehículos de movilidad ya que actualmente existe una "laguna" jurídica respecto a su implementación.
Al respecto, Lisandro Aguiar quien es presidente del Concejo Deliberante de San Salvador, dialogó con Canal 4 y expresó que el año pasado se presentaron dos iniciativas en el ejido municipal que buscan regular el uso del monopatín eléctrico "ya que hoy en día tienen una laguna jurídica, y que por analogía, podrían tener una regulación similar a las bicicletas o motocicletas".
"La idea es darle una regulación específica y que les quede claro a aquellos que adquirieron estos productos, cómo deben movilizarse y cómo deben circular en la vía pública, como así también, qué elementos debe poseer", dijo en alusión a los elementos de seguridad, incluido el casco.
Por otra parte, Aguiar destacó que los monopatines tienen muchas virtudes considerando que estos generan menos congestión y menos polución; asimismo acotó que de todas formas "hay que buscar la manera de regularlos para que sean utilizados pero siempre en un marco de seguridad para todos los vecinos".
En alusión a por dónde deberían circular en la actualidad quienes utilizan monopatines eléctricos, el presidente del Concejo manifestó que "tienen que actuar bajo las reglamentaciones que siguen las motocicletas, pero consideramos que necesitan una regularización específica".
Finalmente, Aguiar adelantó que se espera que hasta fin de año exista un consenso en el Concejo Deliberante de San Salvador y se aprueben las reglamentaciones adecuadas para la utilización del monopatín eléctrico en la capital.
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uso del monopatín eléctrico en San Salvador
CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA PODER CIRCULAR EN MONOPATÍN
Dentro de los proyectos de ordenanzas que analiza el Concejo Deliberante para la utilización de monopatines eléctricos, existen requisitos de seguridad para su circulación por la vía pública. En caso de aprobarse este proyecto, estos serán algunos de los puntos a tener en cuenta:
a) Debe tener un sistema de frenos que actúe sobre sus ruedas.
b) Una base de apoyo para los pies.
c) Timbre o bocina que permita llamar la atención bajo condiciones de tránsito mediano.
d) Elementos reflectantes que permitan una adecuada visibilidad.
e) Deberán disponer al menos de una luz delantera y una luz trasera para su visibilidad en condiciones de poca iluminación.
f) El peso, potencia y dimensiones de los vehículos de movilidad personal serán establecidos por la Autoridad de Aplicación, no pudiendo superar el motor del vehículo los 500 watts de potencia. Deberán utilizarse aquellos vehículos que cumplan los requisitos establecidos en las normas nacionales e internacionales de homologación o certificación admitidas por la Autoridad de Aplicación o aquellos modelos expresamente autorizados por esta.
g) En el caso de las baterías que se utilicen para los vehículos de movilidad personal, se debe garantizar la seguridad y compatibilidad de la combinación batería/cargador.
Entre otros de los ítems importantes que se tendrán en cuenta, se encuentran: que la edad mínima para conducir vehículos de movilidad personal es de 16 años, es obligatorio el uso de casco, se prohíbe la circulación de los monopatines en las aceras, el límite máximo general para los vehículos de movilidad personal es de 25 km/h, entre otros.
LISANDRO AGUIAR - Presidente Concejo Deliberante
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