De acuerdo a la Resolución emitida por el organismo provincial, dicha disposición se observará para los días lunes que sean feriados, miércoles, viernes, sábados y domingos desde las 7:00 a 24:00.
Mientras que se prohíbe permanentemente la práctica de toda actividad en la zona de entrada de agua de los Diques Las Maderas y Ciénaga en un radio de 250 metros.
Por otro lado, se dispuso autorizar en Diques Las Maderas y La Ciénaga, la navegación de las embarcaciones debidamente habilitadas, lo que ha quedado prohibido en los Diques Los Alisos y Catamontaña.
Se recordó a los pescadores, visitantes, clubes, instituciones privadas o públicas, que el organismo provincial está facultada por la Ley 5378, Artículo 5-G para ejercer el poder de policía sobre las actividades que se desarrollen en la zona.
Está autorizado para impedir, remover o trasladar obras y trabajos ejecutados o en vías de ejecución y actividades que no se adecuan a la finalidad, planes y programas del área y su reglamentación.
Por lo que se podrá multar y/o confiscar al pescador o entidad que infrinja la presente Resolución.
Finalmente, se recordó a las instituciones y clubes que deben custodiar y divulgar entre sus asociados el estricto cumplimiento de esta disposición.
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