La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Gustavo Hornos (como presidente), Mariano Hernán Borinsky y Juan Carlos Gemignani (como vocales), rechazó los recursos de casación interpuestos por las defensas Milagro Sala y María Graciela López y confirmó la sentencia dictada el 3 de febrero de 2017 por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, por medio de la cual condenó a Milagro Sala y a María Graciela López a las penas de tres años de prisión cuya ejecución se dejó en suspenso, por resultar instigadora y coautora, respectivamente, del delito de daño agravado.
En dicha sentencia y por el mismo delito, se condenó a Gustavo Ramón Salvatierra a dos años de prisión cuya ejecución de la pena se dejó en suspenso; este imputado no recurrió la sentencia.Asimismo, el máximo tribunal penal del país hizo lugar al recurso de casación interpuesto por el querellante Gerardo Morales y revocó los sobreseimientos por prescripción de la acción penal dictados a favor de Milagro Sala, María Graciela López y de Gustavo Ramón Salvatierra por el delito de amenaza y ordenó la remisión de las actuaciones al tribunal de juicio para que dicte un nuevo fallo conforme a derecho y a las constancias de la causa.
Los hechos sobre los que recayó sentencia, tuvieron lugar el día 16 de octubre de 2009, en el edificio del Consejo de Ciencias Económicas de la ciudad de San Salvador de Jujuy, al realizarse un "escrache" en ocasión de celebrarse una conferencia sobre el control de los fondos públicos.
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