Cabe recordar que desde la implementación del sistema, cientos de turistas se vieron perjudicados con onerosas multas que llegaban fuera de término, con segundas y terceras intimaciones, todas superaban los 700 pesos hasta llegar a 2.000.
El Defensor del Pueblo de la Provincia fue la institución que más denuncias recibió de turistas o jujeños con autos asentados en otra provincia, pasa que parte del procedimiento busca “atrapar bobos” que no estén domiciliados en la provincia. Por esta causa, el Defensor, Víctor Galarza, viene investigando desde el año 2009 este tipo de acciones de empresas privadas, estudios jurídicos con estructuras comerciales, que firman convenios con las comunas e instalan los cinemómetros. El procedimiento viola todo derecho a defensa, no cumple con las leyes de prevención vial, entre otras irregularidades.
Ante las denuncias presentadas por el Defensor del Pueblo a la Justicia local con conocimiento al Fiscal de Estado, este último accionó intimando a las comunas a abstenerse de utilizar el sistema de fotomultas. Ambos municipios recibieron una notificación en el mismo tenor y con la advertencia de que el Estado Provincial podría iniciar acciones penales contra los funcionarios.
En la notificación taxativamente el Fiscal de Estad, Alberto Matuk, les solicita “que se abstenga de utilizar el sistema de fotomultas instalados sobre la ruta nacional 9 bajo apercibimiento de iniciar acciones legales”.
Expresó el Fiscal que por convenio entre la Provincia y Gendarmería Nacional “en materia de Control de Transito y Seguridad Vial el control de tránsito y seguridad vial sobre rutas nacionales que atraviesan territorio provincia es competencia de Gendarmería Nacional y el Estado provincial lo que excluye toda ordenanza, disposición o norma que autorice la municipalidad. Toda disposición, norma, ordenanza que autorice al Municipio es inconstitucional, ilegal y arbitraria por lo que todos los actos que emanen en consecuencia de ella son nulos de nulidad absoluta”.
Además –agrega el documento – la Comisión Municipal no cuenta con autorización por parte de la Dirección Nacional de Vialidad para el emplazamiento de los cinemómetros.
Por otra parte conforme al modo de utilización de las fotomultas constatado (notificación, ausencia de funcionario y señalización, descargo, jurisdicción, etc) “se advierte una clara finalidad recaudatoria lo que se encuentra en contradicción con lo establecido por el Art. 4 de la ley 26.363 La normativa en la materia aspira a la prevención de siniestros viales, no a la sanción mecánica de los supuestos infractores”
“En consecuencia a todo esto, resulta arbitrario, violatorio del derecho a defensa y debido proceso de los supuestos infractores, violatorio de la garantía del juez natural y responde a un acto administrativo ilegitimo y discriminatorio, máxime cuando se involucra únicamente a turistas o pasantes, pero no a residentes de la provincia de Jujuy” expresa la intimación del Fiscal Matuk.
Finalmente el documento les advierte a los jefes comunales que seguir incurriendo en la irregularidad puede configurar la comisión de un delito penal por parte de los mismos funcionarios.
La notificación del Fiscal tiene fecha del 2 de octubre, se espera que los municipios accionen en función de la misma, aunque quedan dudas respecto a la gente que tiene las intimaciones, las que pagaron y sobre todo qué se puede hacer para revertir la imagen negativa que esto generó ante los turistas.
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