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21 de diciembre de 2021 - 19:53
Monterrico.

Monterrico: cuatro condenados por fraude a una cigarrera

La Justicia condenó a cuatro hombres por el delito de administración fraudulenta a la empresa que produce los cigarrillos CJ en Monterrico.

El Tribunal en lo Criminal N°2 condenó a cuatro integrantes de la empresa Monterrico S.A., que elaboraba y comercializaba los cigarrillos marca CJ, por la administración fraudulenta del patrimonio de la compañía. Los hechos que fueron cometidos entre los años 2009 y 2013, según datos oficiales.

De acuerdo con un comunicado del Poder Judicial, el veredicto de los jueces Cecilia Sadir, Laura Flores y Mario Ramón Puig, fue dado a conocer ayer, 20 de diciembre de 2021: condenó a los cuatro hombres imputados a la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional por ser coautores materiales y responsables del delito de “Administración fraudulenta”. Asimismo, les impuso una inhabilitación especial para cubrir cargos o empleos del mismo género por el tiempo que dure la condena.

La acusación

De acuerdo con el requerimiento de citación a juicio formulado por la fiscalía, el primer hecho de administración fraudulenta ocurrió entre 2009 y 2012, cuando los cuatro imputados realizaron bonificaciones a favor de determinados distribuidores de cigarrillos CJ por un valor de $ 3.416.192,64. La operatoria se llevó a cabo sin documentación que la respalde, en perjuicio patrimonial de Monterrico S.A. y en beneficio de siete firmas comerciales.

El segundo delito tuvo lugar entre l2009 y el mes de abril de 2012, cuando los imputados - mientras incumplían con los deberes que le demandaban sus cargos - libraron cheques contra la cuenta corriente de de una sucursal del Banco Macro de la ciudad de Córdoba, sin que exista en Monterrico S.A. documentación respaldatoria de la emisión de esos cheques, el destino de los mismos, ni rendición de cuentas de los fondos asignados y los conceptos destino de tales fondos.

Así, la cuenta corriente bancaria fue utilizada en forma irregular y poco clara, con una inadecuada administración de los fondos confiados a los imputados, lo que habría provocado un grave daño patrimonial a la sociedad por un valor de $ 3.138.567,36.

Otro de los hechos sucedió el 1 de febrero de 2013, cuando un proveedor de Monterrico S.A. emitió una factura en concepto de impresión corte de paquetes de estampillas por el monto de $ 18.000. Esto dio inicio al procedimiento de pago para lo cual se efectuaron las correspondientes retenciones en concepto de Ingreso Brutos e impuesto a las Ganancias, por lo que quedo una suma de $ 17.430 a favor del proveedor. Luego, se emitió un cheque del Banco Macro sucursal Monterrico, el que fue librado por uno de los imputados.

Posteriormente, tras solicitar informe a la entidad bancaria, se detectó que el cheque no fue librado a favor del titular de la factura, sino al portador y que el mismo fue cobrado en ventanilla por otros de los imputados.

Con el mismo modo de operar, se estableció que en marzo de 2013 se emitió una nueva orden de pago por $ 17.430,58 a nombre del mismo proveedor, y luego se liberó un cheque por dicha suma al portador, firmado y cobrado por los mismos acusados que antes.

Toda esta operación se realizó sin el debido control de administración por parte de los otros dos acusados y causaron un perjuicio patrimonial a Monterrico S.A.

Alegatos

El fiscal Diego Cussel solicitó en su alegato la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional para los acusados; mientras que el abogado querellante Fernando Manuel Zurueta pidió la pena de 6 años de prisión efectiva por el delito de administración fraudulenta.

Los abogados defensores fueron: Humberto Torrejón, que requirió la absolución o subsidiariamente la absolución por el beneficio de la duda para su defendido, D.M.; Diego Roldan Ruiz Díaz, que solicitó la absolución o subsidiariamente la pena de ejecución condicional para sus clientes R.C. y L.C.; y Leandro Salinas Saguir, defensor Oficial del Ministerio Público de la Defensa Penal, quien pidió la absolución de P.L.

Los fundamentos de la sentencia por administración fraudulenta serán dados a conocer dentro del plazo establecido por el Código Procesal Penal de la provincia, a partir de lo cual las partes podrán recurrir ante una instancia superior al Tribunal de juicio.

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