La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) permite que los monotributistas puedan realizar diversos trámites de manera online desde su sitio web y una de ellas es darse de baja el monotributo. Enterate cómo hacerlo.
Cómo dar de baja el monotributo: todos los detalles
La AFIP permite que los monotributistas puedan realizar diversos trámites de manera online y una de ellas es darse de baja del monotributo. Enterate cómo hacerlo.
Cómo dar de baja el monotributo: todos los detalles
El monotributo es un régimen simplificado para trabajadores independientes que unifica el componente impositivo -IVA y Ganancias- y el componente previsional -aportes jubilatorios y obra social- en una única cuota mensual, haciendo más simple y ágil cumplir con tus obligaciones.
Un dato clave que tenés que saber es que podés darte de baja del monotributo en cualquier momento que lo desees. No obstante, es obligatorio abonar la cuota del mes en el que solicitas la baja normalmente y recién a partir del mes siguiente, se hace efectivo el trámite y ya no se debe abonar la cuota.
El Gobierno dio de baja a 62.000 beneficiarios del Monotributo Social
Además, si estabas haciendo aportes de jubilación y obra social a través del pago del monotributo, al darte de baja, vas a dejar de hacerlo.
Los pasos para darse de baja a través del Portal Monotributo de AFIP son los siguientes: en el menú izquierdo, deberás seleccionar la opción “Modificación y baja”, hacer clic en “Darse de baja del Monotributo” y al final de la página, seleccionar “Dar de baja”.
Luego, indicar el motivo de la baja, presionar el botón “Continuar”, el sistema te direccionará al “Registro Único Tributario” y por último hay que seleccionar la opción “CONFIRMAR” para finalizar la baja.
Para aquellos contribuyentes que se encuentran en una de las jurisdicciones provinciales adheridas al monotributo, la baja realizada en los pasos anteriores, implicará, además, las baja de los impuestos provinciales y/o municipales que pague junto con el Monotributo.
Cambios en el monotributo: las escalas vigentes para agosto
El Gobierno anunció ciertos cambios que impactarán a los beneficiarios del monotributo. Actualmente se están poniendo en marcha las modificaciones implementadas mediante la sanción del paquete fiscal, aprobado en el Congreso en junio pasado.
Luego de los primeros 6 meses, los monotributistas deben hacer una recategorización dependiendo de sus ingresos anuales. Si el contribuyente excede los parámetros máximos de Monotributo, se categorizará en la Categoría K hasta el próximo semestre.
También, desde el 1 de enero de 2025 se actualiza el Monotributo ajustando por IPC en los meses de enero y julio. Para la recategorización se deberán tener en cuenta los nuevos valores.
Aquellos que se adhieran al Monotributo exclusivamente como locadores de bienes Inmuebles estarán exentos del impuesto integrado: sólo pagarán Jubilación y Obra Social siempre que mantengan 2 inmuebles y se trate de contratos debidamente documentados ante AFIP.
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