Tras haber detectado “ineficiencias”, el Ministerio de Capital Humano decidió reemplazar el Plan Potenciar Trabajo por dos nuevos programas. Se trata del “Programa Volver al Trabajo” y el "Programa de Acompañamiento Social”.
De qué trata Volver al Trabajo
A través de la resolución 84/2024 que se publicó en el Boletín Oficial, el Gobierno oficializó el reemplazo del programa Potenciar Trabajo por los nuevos "Volver al trabajo" y "Acompañamiento Social”.
En los anexos del documento se especifica quiénes pueden ser beneficiarios, qué requisitos son solicitados, y cuáles son los motivos por los cuales una persona puede ser dada de baja o rechazada.
El nuevo documento, que precisa que los dos planes nuevos "entrarán en vigencia" este jueves 11 de abril, informa que las personas transferidas del ex Potenciar Trabajo podrán ser dadas de baja si "estorban", "impiden" o "entorpecen" la circulación de "transportes" o la movilización normal "de terceros por la vía pública", o si incurriesen "en actos de violencia que importen la alteración del orden público”.
Según se estableció, el programa "Volver al trabajo" será administrado por la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del Ministerio de Capital Humano.
El plan tendrá por objetivo "desarrollar y consolidar competencias socio laborales en los participantes" para que puedan "alcanzar un nivel de empleabilidad inicial real y mejorar sus oportunidades de inserción laboral a través de su participación en actividades de formación laboral, prácticas formativas en ambientes de trabajo, certificación de competencias, y participación asistida en el desarrollo de emprendimientos productivos individuales o asociativos”.
En tanto, la normativa aclara que este plan tendrá como "únicos beneficiarios a las personas que resulten transferidas" del programa Potenciar Trabajo". Una vez aprobada la transferencia, los usuarios podrán gozar de los beneficios "por un período de 24 meses”.
Además, los usuarios del programa "percibirán una asignación dineraria mensual fija no remunerativa de $78.000", a abonarse a mes vencido.
Volver al Trabajo: qué servicios ofrecerá
El programa ofrecerá servicios de orientación laboral y asistencia en la búsqueda de empleo, capacitaciones, servicios de intermediación laboral, acciones de promoción para la inserción al mercado del trabajo asalariado y registrado, y terminalidad educativa, entre otros.
En esta línea, las personas comprendidas en el programa "Volver al trabajo" deberán cumplir con una serie de obligaciones. Además, la normativa establece que la percepción del plan es compatible para aquellas personas que:
Perciban la Asignación Universal por Hijo; perciban la Asignación Universal por Embarazo para Protección Social; perciban prestaciones económicas o materiales de naturaleza habitacional y/o de protección familiar otorgadas por el Estado Nacional, Provincial, Municipal o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; perciban prestaciones de carácter alimentario y sean trabajadores independientes inscriptos en el Monotributo Social o, Monotributo categoría A.
Sean trabajadores registrados bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares; sean trabajadores rurales que realicen trabajos temporarios o estacionales; registren un vínculo contractual de empleo público iniciado con posterioridad a su incorporación al Programa Volver al Trabajo, con una remuneración bruta mensual que no exceda el valor de los tres salarios mínimos, vitales y móviles.
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