En sus redes sociales, Cristina Fernández de Kirchner sostuvo: “Hoy la Corte acaba de decidir, en plena pandemia decretada por la Organización de la Salud (OMS), emergencia sanitaria sancionada por el Congreso de la Nación y con más de 65.000 muertos en la Argentina, que el Poder Ejecutivo Nacional no tiene competencias para tomar medidas sanitarias”.
Minutos después de conocido el fallo judicial, la Presidenta del Senado reflexionaba: “Ante este escenario, digo yo… para poder gobernar ¿No será mejor presentarse a concursar por un cargo de Juez al Consejo de la Magistratura o que un Presidente te proponga para Ministro de la Corte?”.
Por último afirmó que “está muy claro que los golpes contra las instituciones democráticas elegidas por el voto popular, ya no son como antaño”.
Fallo Judicial
Finalmente se conoció el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación tras la demanda presentada por el Gobierno de Horacio Rodríguez Larreta que aseguraba que el Decreto de Necesidad y Urgencia que ordenó cerrar las escuelas viola la autonomía de la Capital Federal, a lo que el máximo tribunal hizo lugar.
Los jueces Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti, Carlos Maqueda y Horacio Rosatti votaron a favor de la ciudad, en tanto que Elena Highton se abstuvo tras manifestarse contra la competencia del Tribunal.
Teniendo en cuenta que el decreto venció el viernes, el fallo no declara su inconstitucional, sino que establece criterios a tener en cuenta para situaciones similares.
El presidente del Tribunal, Carlos Rosenkrantz, señaló que “resulta claro que la decisión de si la escolaridad debe realizarse bajo la modalidad presencial o virtual en los establecimientos de educación inicial, primaria y secundaria dependientes de la Ciudad de Buenos Aires o regulados por ella corresponde, en principio, a ese estado y no a la Nación".
“El debido resguardo del federalismo constitucional exigía que el Estado Nacional justificara de manera suficiente el ejercicio en el caso de su específica competencia sanitaria en relación a la concreta orden de suspender del dictado de clases educativas presenciales en todos los niveles y en todas sus modalidades en la jurisdicción de la actora. En conclusión, en el examen de legalidad, la falta de justificación suficiente para ejercer una competencia sanitaria que alcance a suspender la modalidad presencial de la educación en la Ciudad deja al descubierto que, en este caso, el Estado Federal en lugar de ejercer una atribución propia invadió una que le resulta ajena”, dijeron los jueces Maqueda y Rosatti.
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