Se trata de la segunda etapa del Plan de Inclusión Previsional impulsado por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, que ya cuenta con sanción del Senado y podría recibir dictamen en un plenario de las comisiones de Previsión Social, a cargo de Juan Carlos Díaz Roig, y de Presupuesto de la cámara baja, que preside Roberto Feletti, prevista para el martes a las 16.
El plenario contará con la presencia de Bossio y otros funcionarios de la Anses, que brindarán detalles del proyecto que establece un Régimen de Regularización de Deudas Previsionales para trabajadores autónomos monotributistas.
Fuentes parlamentarias adelantaron que la intención del oficialismo es convocar a una sesión especial para este mismo miércoles, para tratar de convertir en ley la iniciativa, que cuenta con amplio respaldo de los bloques legislativos.
El proyecto busca posibilitar el acceso a su correspondiente "prestación previsional" a aquellos "trabajadores autónomos y monotributistas", mediante la regularización de deudas existentes, y establece un plan de pagos de 60 cuotas para aquellas personas que cumplan con la edad jubilatoria (60 años en las mujeres y 65 en los hombres) pero no cuenten con los 30 años de aportes que establece la ley.
"Con este proyecto del 93 por ciento de cobertura actual del sistema llegaríamos al 100 por ciento, es decir que estaríamos incorporando a 475.000 beneficiarios que aún no tienen cobertura", según afirmó a Télam el diputado Díaz Roig (FPV).
En ese sentido, el diputado y titular de la comisión de Previsión Social de la Cámara baja manifestó su confianza en que la iniciativa será respaldada por la mayoría de los bloques parlamentarios, al recordar que el texto en el Senado "fue aprobado por unanimidad".
Según precisó Bossio cuando concurrió al Senado, en la primera moratoria se incorporaron 3,2 millones al sistema previsional y estimó que con la nueva podrían beneficiarse alrededor de 470.000 personas en edad para jubilarse pero que no completaron los aportes.
En la oportunidad, el titular de la ANSES aclaró que quien se jubile por moratoria tendrá un haber menor que el que se jubila sin moratoria, y puntualizó que una persona que no realizó aportes pagará una cuota -en total serán 60- de moratoria de 738 pesos pero, a diferencia de la moratoria anterior, no será fija sino ajustable por la movilidad jubilatoria.
La iniciativa del Poder Ejecutivo establece que los trabajadores autónomos inscriptos o no en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y los monotributistas "que hayan cumplido a la fecha o cumplan la edad jubilatoria dentro del plazo de dos años desde la vigencia de la presente ley, podrán regularizar sus deudas previsionales".
"La aprobación de este proyecto permitirá concluir el objetivo inicial comenzado con la primera etapa del Plan de Inclusión Previsional: hacer el mejor esfuerzo para lograr la cobertura universal previsional en nuestro país", sostiene el texto enviado por el Poder Ejecutivo.
De acuerdo al proyecto, los trabajadores autónomos podrán regularizar su situación respecto de la deuda que mantengan por aportes, mientras que los monotributistas lo harán con relación a las deudas originadas en las cotizaciones previsionales fijas con destino al SIPA.
En ambos casos, la deuda comprenderá las obligaciones devengadas hasta diciembre de 2003, inclusive, y los intereses resarcitorios devengados hasta la fecha de consolidación de la deuda y regirá por el término de dos años, contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la ley.
Asimismo, establece que tendrán derecho a inscribirse en el régimen los derechohabientes previsionales del trabajador autónomo o monotributista fallecido, siempre que existiera inscripción del beneficiario original previa al deceso en calidad de trabajador autónomo o monotributista.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), en forma previa a determinar el derecho a una prestación previsional, realizará evaluaciones patrimoniales o socioeconómicas sobre la base de criterios objetivos que determine la reglamentación, a fin de asegurar el acceso al régimen de las personas de presenten mayor vulnerabilidad.
Por otra parte, la iniciativa contempla que, para acceder a dichas prestaciones, deberá haberse cancelado un mínimo de cuotas del régimen de regularización de deuda, en tanto que la reglamentación establecerá la cantidad de cuotas aplicables a los efectos.
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