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7 de enero de 2021 - 20:43
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Dólares: bienes que no se podrán importar

Es por la restricción que impuso el BCRA a la importación de bienes suntuarios y finales. Agua mineral, microondas y heladeras, afectados por falta de dólares.

Ayer el Banco Central anunció restricciones para la compra de dólares a aquellas personas o empresas que importen bienes suntuarios como automóviles y motos de alta gama; jets privados con valor superior al millón de dólares; embarcaciones de uso recreativo; bebidas como champagne, whisky, licores y demás espirituosas con un precio superior a 50 dólares el litro; caviar; perlas, diamantes y otras piedras preciosas, entre otros productos.

Sin embargo, tras analizar las posiciones arancelarias comprendidas en la norma del BCRA, se puede apreciar que la medida también afectará la importación de bienes no tan suntuarios. La lista comprende más de 80 ítems y abarca productos tales como microondas, lavavajillas, heladeras de dos puertas, freezers de tipo doméstico, agua mineral con o sin gas o los hornos eléctricos.

El campo también se verá afectado por esta medida, ya que habrá trabas para traer sembradoras-abonadoras; cosechadoras-trilladoras y pulverizadoras autopropulsadas.

Otros de los productos que no se podrán importar fácilmente con las nuevas medidas del BCRA son los celulares ni relojes que cuesten más de US$ 500 ni motos de cualquier cilindrada totalmente armada o semiarmada (con el sistema SKD), los autos de más de US$ 35.000; los aviones de más de US$ 1 millón y los yates y barcos de más de US$ 5.000 son los otros vedados en la lista del Central.

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Los importadores de todos estos productos deberán obtener financiamiento antes de acceder al mercado oficial de cambios para poder cancelar los pagos. Recién podrán acceder al mercado oficial a partir de los 90 días desde el despacho a plaza para los productos finales y a partir de 365 días para los bienes identificados como suntuarios. La medida del BCRA será de aplicación para todos los bienes que hayan sido embarcados en origen a partir de este jueves 7 de enero.

Esto significa que la importación se realiza ahora, pero recién dentro de un año se podrá acceder al mercado de cambio para comprar los dólares que permitan pagar el producto. Los importadores van a tener que conseguir un crédito que les permita financiar la operación por un año. La restricción implica que no podrán acceder al mercado de “contado con liquidación” para pagar dicha deuda. Tienen que esperar ese año -y comprar el dólar al valor que cueste dentro de un año- o pagar con financiamiento del exterior, el cual pueden repagar al año.

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