A través del Boletín Oficial el gobierno hizo público el Decreto 171/2019 que efectiviza la norma que había sido sancionada en diciembre de 2017 por el Congreso Nacional. En el Día Internacional de la Mujer, esta normativa toma como fundamento la necesidad de garantizar “la igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios”, reflejada en el artículo 37 de la Constitución Nacional, así como también el artículo 7 de la convención sobre la eliminación de cualquier forma de discriminación contra la mujer.
El Gobierno nacional reglamentó la Ley de Cupo en la política
En dichos artículos se habla de la jerarquía constitucional y se establece la obligación de tomar medidas destinadas a lograr este objetivo en el ámbito político. En este marco, la nueva ley obliga a los partidos políticos que se presenten en las elecciones nacionales, tanto en las Paso como en las generales, a presentar sus listas intercalando candidatas y candidatos desde el primer titular hasta el último suplente, “de tal modo que no haya DOS (2) personas continuas del mismo género en una misma lista”.
Es fundamental aclarar que el género estará determinado por “el sexo reconocido en el DNI vigente al momento del cierre del padrón, independientemente del sexo biológico o, en su defecto, constancia de rectificación de sexo inscripta en el Registro Nacional de Personas”.
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Todos los inscriptos en el padrón tendrán la potestad de impugnar listas que se encuentren en falta, e indica que si la falta llegara a conocimiento del Juez Electoral -sea de la manera que fuere- este podrá intimar a la Junta Electoral a ordenar el remedio de la situación en un plazo de 24 horas.
Esta ley incrementa el piso del 30% establecido por la ley de cupo femenino de 1991. Actualmente, y en consonancia con las últimas composiciones del Congreso nacional, el porcentaje de mujeres en ambas cámaras ronda el 40%.
En la cámara baja hay 100 diputadas sobre 257 bancas, lo que da un total de 38.9%, mientras que en el senado la proporción es de 30 sobre 72. Es decir, un 41.6%.
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