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19 de octubre de 2023 - 10:14
Política nacional.

Elecciones 2023: ¿Cuándo empieza la veda electoral?

Faltan pocos días para las elecciones 2023 y muchos se preguntan sobre la veda electoral, los horarios de venta de alcohol y otras actividades.

Redacción de TodoJujuy.com
Por  Redacción de TodoJujuy.com

Las próximas elecciones argentinas de 2023 están programadas para el 22 de octubre, es decir el domingo que viene. Se trata de un fin de semana particular, ya que a medida que se acerca la fecha, determinadas reglas van apareciendo y hay que respetarlas. Así, la veda electoral pone límites a ciertas actividades. ¿Cuáles son?

En este evento, los votantes estarán llamados a decidir sobre la elección del jefe de Estado, su vicepresidente y se llevará a cabo la renovación de la mitad de los miembros de la Cámara de Diputados de la Nación, junto con un tercio del Senado. Además, se procederá a la elección de legisladores provinciales, alcaldes y concejales municipales.

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Si ninguno de los aspirantes a la presidencia obtiene la mayoría requerida, es decir, el 45% de los sufragios o el 40% con una ventaja del 10% sobre el segundo candidato, se llevará a cabo una segunda vuelta electoral, conocida como balotaje, programada para el 19 de noviembre.

Una vez llegado a este punto, se convocará la segunda ronda electoral en un plazo de 30 días posteriores a los comicios generales. En esta elección, participarán los dos candidatos que hayan recibido la mayor cantidad de votos, y el ganador será quien acumule la mayor cantidad de sufragios. Asimismo, se llevará a cabo un nuevo enfrentamiento de discusión presidencial entre estos dos postulantes el 12 de noviembre.

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¿Cuándo empieza la veda electoral de las elecciones 2023?

Siguiendo el Código Nacional Electoral, la veda electoral se inicia 40 horas antes del día de la votación. Su finalidad principal es otorgar un período de reflexión a los electores antes de que tomen su decisión final. Esto ocurre después de haber escuchado durante un cierto lapso de tiempo las propuestas de todos los candidatos que buscan ser elegidos para diversas posiciones.

A pesar de que esta normativa se encuentra dentro del marco legal de la ley 19.945, que en su artículo 71 detalla las restricciones que rigen en las horas anteriores, durante y hasta tres horas después de las elecciones, cada provincia posee su propia regulación local. Sin embargo, en su esencia, estas normativas provinciales no varían significativamente de lo que establece el código nacional.

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¿Cuáles son las prohibiciones durante la veda electoral?

  • Las manifestaciones públicas de campaña y cualquier forma de promoción política.
  • Permitir el funcionamiento de locales dedicados a la venta de bebidas alcohólicas de cualquier tipo hasta tres horas después de la clausura de las elecciones.
  • Distribuir o proporcionar a los votantes boletas electorales dentro de un perímetro de 80 metros de las mesas receptoras de votos, contados desde el pavimento, calle o camino.
  • Las manifestaciones populares al aire libre o en espacios cerrados, eventos teatrales, deportivos y cualquier tipo de reunión pública que no estén relacionados con el proceso electoral, mientras se lleva a cabo y hasta transcurridas tres horas desde su finalización.
  • La venta de bebidas alcohólicas está prohibida durante el período de veda electoral.
  • A los votantes se les prohíbe llevar armas, exhibir banderas, insignias u otros símbolos en el día de la elección, así como 12 horas antes y 3 horas después de su conclusión.
  • La creación de oficinas partidistas en un radio de ochenta (80) metros de la ubicación de las mesas receptoras de votos está restringida.
  • Además, no se permitirá la instalación de mesas receptoras a una distancia inferior a ochenta (80) metros del domicilio de los Partidos Políticos reconocidos.
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Además, queda vedada la propagación de anuncios de campaña en televisión, radio, internet y prensa escrita.

¿Cuáles son las consecuencias de infringir la veda electoral?

En lo que se refiere a las penalizaciones económicas, los votantes pueden enfrentar sanciones pecuniarias que oscilan entre $10 mil y $100,000 por divulgar publicidad política durante el período de veda electoral.

Aquellos individuos que inciten a votar o promuevan la inasistencia a las Elecciones 2023 pueden ser sancionados con penas que varían de dos meses a dos años de reclusión. Asimismo, quienes vulneren la confidencialidad del sufragio podrían ser objeto de condenas que no excedan los tres años.

También, el Tribunal Electoral o cualquiera de sus integrantes tendrán la facultad de ordenar la clausura temporal de los establecimientos que estén incumpliendo lo establecido previamente.

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¿Cuándo empieza la prohibición de vender alcohol?

Una de las limitaciones durante el período de veda electoral se relaciona con la comercialización de bebidas alcohólicas, y establece que no se permitirá la venta a partir de las 12 horas previas al inicio de la elección. Una vez concluido el proceso de votación, se deberá esperar un lapso de 3 horas antes de que se reanude la venta de alcohol.

En otras palabras, la venta de bebidas alcohólicas quedará prohibida a partir de las 20:00 horas del sábado 21 de octubre hasta las 21:00 horas del domingo.

¿Qué rol cumplen las Fuerzas Armadas durante las elecciones?

Los miembros de las fuerzas militares y de seguridad, incluyendo el Ejército, la Armada, la Fuerza Aérea, Gendarmería y la Prefectura Naval, tendrán la responsabilidad de supervisar y poner en marcha las medidas de resguardo estipuladas en el Código Electoral Nacional, así como de promover el cumplimiento de las demás regulaciones legales relacionadas con las elecciones generales y, en caso necesario, la segunda vuelta electoral.

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Específicamente, estarán a cargo de la supervisión de los lugares que albergarán las mesas de votación, las instalaciones y edificaciones destinadas al ingreso y procesamiento de información para la contabilización preliminar de resultados efectuada por la Dirección Nacional Electoral, así como para el escrutinio final en las dependencias de los Juzgados Federales con Competencia Electoral y las Juntas Electorales Nacionales de cada jurisdicción.

Asimismo, tendrán la responsabilidad de garantizar la protección de las urnas y de todos los documentos mientras son trasladados y hasta que concluya el escrutinio definitivo en todas las etapas electorales y en cada jurisdicción.

Además, tendrán la responsabilidad de prestar apoyo a los funcionarios de mesa en lo que respecta al mantenimiento del orden y la seguridad, supervisar la organización del ingreso de los votantes al lugar de votación a partir de las 8 de la mañana, así como asegurar que los votantes que estén esperando turno para sufragar antes del horario de cierre puedan acceder al establecimiento. También se les encomendará brindar asistencia a la ciudadanía en general y, en particular, a las personas con discapacidad.

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¿Qué se vota el domingo 22 de octubre en las elecciones generales?

En adición a los cargos de presidente y vicepresidente, los electores emitirán su voto para seleccionar al jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los gobernadores en tres provincias: Buenos Aires, Catamarca y Entre Ríos.

En lo que respecta al Poder Legislativo, se procederá a la renovación de 130 escaños en la Cámara de Diputados y 24 en el Senado. Además, se llevará a cabo la elección de 43 representantes para el Parlasur.

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En las provincias indicadas, los electores tendrán la oportunidad de sufragar no solo para elegir gobernadores, sino también para designar a intendentes, legisladores y concejales municipales, entre otros puestos de elección popular.

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