A través del Boletín Oficial publicado el día de hoy, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), presentó la disposición N°2021/2018, en la que se prohíbe la venta y circulación de tres productos regionales: una miel de caña, un arrope de tuna y otro de arándanos. Los tres productos son de la marca El Panal.
La prohibición de la venta y circulación de estos productos se debe que los tres carecían de autorizaciones de establecimiento y de producto, estaban falsamente rotulados, por lo tanto son ilegales.
La ANMAT indicó que "se hallan en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 6 bis, 13 y 155 del CAA".
"Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284″, determinó.
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