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24 de septiembre de 2021 - 18:57
Justicia

Rechazaron una demanda de Cristina contra Eduardo Feinmann

La Justicia reivindicó la libertad de expresión y rechazó una demanda de Cristina Kirchner contra Eduardo Feinmann basada en las opiniones del periodista.

A través del rechazo a una demanda iniciada por la vicepresidenta Cristina Kirchner en contra del periodista Eduardo Feinmann, la Justicia argentina reivindicó la libertad de expresión y de prensa al rechazar un reclamo motivado en los dichos del periodista sobre las causas judiciales en las cuales ella estuvo investigada.

Los dichos de Feinmann que molestaron a Cristina Kirchner sucedieron en el año 2016, cuando él trabajaba como panelista en el programa Animales Sueltos, que en ese momento conducía Alejandro Fantino y tenía a la agenda política en el eje del debate.

Según la demanda Cristina Kirchner, Feinmann hizo "comentarios hirientes y ofensivos en forma sistemática, constante e infundada" en su contra. Con ellos, habría ofendido su "honra, buen nombre e imagen" y por eso promovió una acción por daños y perjuicios con el reclamo de una indemnización de un millón de pesos.

Lo que más cuestionó la vicepresidenta fue que Feinmann la hubiera llamado "coimera" cuando se refería a la detención del ex funcionario José López con bolsos llenos de dólares. La demanda consigna que, en el momento cuestionado, el periodista dijo: "Cristina no le daba plata a López en eso no miente. Claro, era López el que le llevaba la plata a Cristina y a Néstor. Toda la que recaudaba se la llevaba en bolsones, él, Jaime y compañía. Se la llevaban directamente a Cristina. Ella tiene una responsabilidad funcional. Ella no se puede hacer la idiota, era cómplice… por descuidada. Era la presidente de la república".

La causa judicial y el fallo a favor de la libertad de expresión

En 2016 Feinmann y Cristina Kirchner fueron convocados a una mediación. Ella evitó cruzarse con él, no hubo acuerdo y terminaron en la Justicia.

Ahora, el Juzgado Civil 110, a cargo de Ricardo Darío Agugliaro, rechazó la demanda de Cristina Kirchner y consideró que los comentarios de Feinmann estaban vinculados a asuntos de interés público, muchos arraigados en denuncias penales que terminaron con el procesamiento de Cristina.

"No tengo dudas que las calificaciones realizadas por el demandado pudieron y pueden haberle molestado profundamente, no puedo dejar de mencionar que se trata de una de las personalidades públicas y políticas más importantes del país, que entre otras cosas ocupó en dos oportunidades la primera magistratura y que en la actualidad se desempeña como Vicepresidente de la Nación", escribió el juez en uno de sus apartados.

Sin embargo, Agugliaro indicó: "En todas las manifestaciones antes mencionadas, considero, siguiendo también un precedente de la Corte Suprema de Justicia, que con las expresiones de deseo de querer ver presa a la accionante a las afirmaciones sobre si es o no necia no acarrean ningún hecho ilícito concreto contra ella, y por lo tanto, no deben someterse a un test de veracidad, por cuanto se limitan a adjudicarle una determinada forma de actuar".

En el mismo sentido, el juez estimo que "la investigación periodística sobre los asuntos públicos desempeña un rol importante en la transparencia que exige un sistema republicano. El excesivo rigor y la intolerancia llevarían a la autocensura lo que privaría a la ciudadanía de información imprescindible para tomar decisiones sobre sus representantes. Este último aspecto es el que debe considerarse, tal vez con las expresiones más fuertes, a mi criterio, que le fueron propiciadas a la actora, me refiero específicamente cuando fue tratada como “coimera”. Es que, sobre el particular, también se ha sostenido que las afirmaciones erróneas son inevitables en un debate libre, y éste debe ser protegido si la libertad de expresión ha de tener el espacio que ella necesarita para sobrevivir (New York Times vs. Sullivan, 376 U.S. 254, 271)".

En el mencionado fallo, ícono del tratamiento de la libertad de expresión, la Corte Suprema de Estados Unidos sentó, con respecto a los funcionarios públicos, la doctrina de que éstos, cuando han sido ofendidos en su honor y reclaman del medio de prensa el resarcimiento correspondiente, deben probar no solo que la noticia era falsa, sino también que el periodista que la publicó obró dolosamente - esto es, a sabiendas de que la noticia era falsa - o bien con temerario desinterés acerca de si era o no verdadera.

Finalmente, el juez consideró que los dichos de Feinmann son "afirmaciones dogmáticas que deben ser discutidas, pero de modo alguno es competencia del suscripto calificarlas como ofensivas en sí misma, y al así decirlo no estoy avalando el derecho al insulto ni a la gratuita vejación".

Cristina Kirchner, en tanto, apeló la sentencia y buscará que la Cámara la revierta y continúe en marcha su demanda.

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