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22 de septiembre de 2017 - 11:26

Se reglamentó el uso del cannabis medicinal y su investigación médica

La ley se sancionó hace 6 años y ahora se reglamentó parcialmente. Se puede importar aceite de cannabis hasta que el Estado lo produzca. El INTA y el CONICET podrán cultivarlo para investigación.

El Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial el decreto que reglamenta la ley N° 27.350 que autoriza la investigación médica y científica del cannabis y sus derivados para el uso medicinal.

Así, el expediente que lleva la firma del presidente Mauricio Macri, del jefe de Gabinete, Marcos Peña, y del ministro de Salud, Jorge Lemus, pone en funcionamiento el proyecto que fue aprobado por el Parlamento a fines de marzo pasado.

La iniciativa sancionada da inicio al denominado "Programa nacional para el estudio y la investigación del uso medicinal de la planta de cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales".

Según señala la norma entre sus considerandos, "resulta prioritario que la Autoridad de Aplicación cuente con información científicamente verificada respecto de las propiedades de la planta de cannabis y sus derivados y su impacto en el organismo humano".

La ley busca garantizar el acceso del aceite de cannabis para pacientes que padezcan determinadas enfermedades, previa determinación médica.

Además, dispone "un marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor de la planta del cannabis y de sus derivados" y crea un programa nacional para estudio e investigación de ese recurso y sus productos derivados.

En ese sentido, autoriza la importación del "aceite de cáñamo" y de otros derivados de la planta de cannabis hasta que el Estado pueda producirlo y el acceso gratuito para los pacientes que puedan necesitarlo según prescripción médica.

La ley otorga prioridad para la producción a los laboratorios públicos nucleados en la ANLAP y autoriza el cultivo de cannabis al Conicet y el INTA con fines de investigación.

Fuente: Perfil

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