También se recuerda que continúan vigentes algunas disposiciones conforme a la Ley Nacional de Tránsito 24.449, como ser la retención de carnet de conducir y los días de arresto por alcoholemia.
El pago de las infracciones tiene como objetivo disminuir las actuaciones pendientes de cumplimiento y que los mismos regularicen su situación ante las autoridades correspondientes. En este sentido se informa que dicha medida es extensiva solo para aquellos infractores quines no cuenten con resolución firme.
Con respecto a las actas labradas por conducir en estado de intoxicación alcohólica, la autoridad de juzgamiento dispondrá su remisión a la división de antecedentes personales de la policía, que llevara adelante la sanción de cinco (5) días de arresto para aquellas personas que hayan infringido la norma por primera vez.
Por último, es importante recordar que personal dependiente del Cuerpo de Policía Caminera, procederá a retener las licencias que no son emitidas por el municipio correspondiente, es decir aquellas que no corresponden con el domicilio real consignado en el Documento Nacional de Identidad.
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